FSC-CCOO Sector Administración General del Estado | 29 marzo 2024.

CCOO pide a la Agencia Tributaria que los fallecimientos de su personal por el COVID-19 sean considerados como, accidente de trabajo

    CCOO, SIAT y UGT, hemos enviado un escrito al Director General de la Agencia Tributaria, en el que le solicitamos, que todos los fallecimientos de trabajadoras y trabajadores de la AEAT, producidos por el COVID-19 deben ser considerados como accidentes de trabajo. Tambien solicitamos que se den las instrucciones oportunas a las distintas Unidades de Recursos Humanos de la Agencia Tributaria, para que faciliten la información del personal afectado en sus respectivas provincias y las medidas preventivas adoptadas, tanto al Servicio de Prevención de Riesgos Laborales de la Agencia Tributaria y a los miembros del CSSI y la Comisión Permanente del COVID-19, como a los delegados y delegadas de prevención provinciales y a las y los representantes de los sindicatos en aquellas provoncias que no tengan.

    01/04/2020. Sección Estatal CCOO-AEAT.
    Salud Laboral-05.

    Salud Laboral-05.

    DIRECTOR GENERAL AGENCIA ESTATAL ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA
    D. Jesús Gascón Catalán

    Refª.: FALLECIMIENTOS EMPLEADOS Y EMPLEADAS DE LA AEAT POR COVID-19

    Apreciado Sr. Gascón,

    Como representantes de la mayoría social CCOO, SIAT Y UGT nos dirigimos a usted para transmitirle nuestra preocupación por la evolución del contagio del COVID-19 entre el personal de la Agencia Tributaria y por los casos de fallecimientos de trabajadores y trabajadoras de la AEAT debido al coronavirus.

    Esta mañana hemos sido informados del fallecimiento por COVID-19 de una empleada de la AEAT que realizaba funciones de atención al público en una Administración de Madrid que se une al fallecimiento la semana pasada de un empleado de la AEAT de Albacete. Previamente los Delegados y Delegadas de Prevención de la AEAT y los miembros de la Comisión Permanente COVID-19 del Comité de Seguridad y Salud Intercentros, no hemos tenido noticias de que en estos centros de trabajo hayan casos de contagio, por lo que desconocemos si se ha informado debidamente al personal de esos centros para que adopten las medidas oportunas de aislamiento y si se han adoptado las medidas correspondientes de desinfección de estos edificios.

    Por otro lado, se está enviando un correo a los trabajadores y trabajadoras donde se les reclama que informen si están contagiados o contagiadas por el virus y si ese contagio ha sido en el trabajo o fuera de éste, y que se faciliten estos datos a sus Jefes inmediatos/Administradores/Jefes de Dependencia. Hay que decir, que en la mayoría de casos los empleados y empleadas desconocen si el contagio de la enfermedad ha sido en su centro de trabajo, "in itínere" o externos a la AEAT, por lo que debería ser el personal profesional sanitario de la AEAT (médicos o enfermeros/DUE) o los profesionales sanitarios contratados con el Servicio de Prevención ajeno, los que tendrían que efectuar los correspondientes estudios epidemiológicos de los distintos centros de trabajo afectados por los casos de contagio y la trazabilidad interna, para confirmar el posible origen del contagio de las empeladas y empleados públicos y su propagación en esos centros de trabajo, además de coordinar la información de los casos del personal afectado y el manejo de sus datos médicos. Hay que decir, que en la AEAT no tenemos constancia de que se esté contando con la participación de nuestros profesionales sanitarios o profesionales sanitarios contratados con el Servicio de Prevención ajeno.

    Al mismo tiempo, hay que tener en cuenta que el pasado día 13 de marzo de 2020 tras comunicar a la Dirección de la AEAT el Acuerdo de la mayoría social de la AEAT (CCOO, SIAT y UGT) de paralización de la actividad de atención al público en todo el territorio, los y las responsables de los distintos centros de trabajo hicieron oídos sordos a nuestro Acuerdo y mantuvieran la atención al público en todos los centros, incumpliendo lo establecido en la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales, hecho que ha podido conllevar un mayor número de contagios entre el personal de la AEAT.

    A la vista de todo lo expuesto, los sindicatos que conformamos la mayoría social (CCOO, SIAT y UGT) solicitamos que en base a lo establecido en el artículo 156 del Real Decreto Legislativo 8/2015 y el artículo 5º del Real Decreto Ley 6/2020, todos los fallecimientos de trabajadores y trabajadoras de la AEAT producidos por el COVID-19 deben ser considerados como accidentes de trabajo

    Al mismo tiempo solicitamos que se den las instrucciones oportunas a las distintas Unidades de RR.HH. de la AEAT para que faciliten la información puntual de los casos de trabajadoras y trabajadores afectados en sus provincias y las medidas preventivas adoptadas, tanto al Servicio de Prevención de Riesgos Laborales de la AEAT y a los miembros del CSSI y la Comisión Permanente COVID-19, como a los Delegados y Delegadas de Prevención provinciales y a los representantes de los sindicatos que no dispongan de Delegados o Delegadas de Prevención en esas provincias.

    Documentación asociada
    Documentación asociada