FSC-CCOO Sector Administración General del Estado | 20 abril 2024.

Estructura del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones

    29/04/2020.

    El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.

    En este Ministerio, de nueva creación, esencialmente se regulan las competencias asignadas en materia de Seguridad Social y Migraciones del extinto Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social, además de otras nuevas.

    Los aspectos más destacables en la estructura de este Ministerio son los siguientes.

    En la Secretaría de Estado de la Seguridad Social y Pensiones, de la que dependen la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social, y la Intervención General de la Seguridad Social. Esta Secretaría de Estado no presenta modificaciones reseñables en su estructura en este Real Decreto.

    La Secretaría de Estado de Migraciones mantiene la estructura orgánica a nivel de subdirecciones generales, dependientes de sus direcciones generales.

    Las novedades en este ámbito organizativo son que se cambia la denominación de varias Subdirecciones:

    • En la Dirección General de Migraciones se modifica la denominación de la Subdirección General de Emigración, que pasa a llamarse Subdirección General de Ciudadanía Española en Exterior y Retornos.
    • En la Dirección General de Inclusión y Atención Humanitaria, la Subdirección General de Programas de Atención Humanitaria y Centros de Migraciones, pasa a denominarse Subdirección General de Programas de Acogida y Atención Humanitaria; la Subdirección General de Integración y Relaciones Institucionales, que pasa a llamarse Subdirección General de Planificación Estratégica y Fondos Europeos.
    • En la Secretaría General de Objetivos y Políticas de Inclusión y Previsión Social, se crean, además del jefe de gabinete técnico, dos nuevas Subdirecciones Generales: la Subdirección General de Objetivos e Indicadores de Inclusión y la Subdirección General de Políticas de Inclusión.
    • La Subdirección General de Gestión de Clases Pasivas, se adscribe al Instituto Nacional de la Seguridad Social.
    • De la Subsecretaría de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, dependen la Secretaría General Técnica, con rango de dirección general, y cuatro subdirecciones generales.
    • Estas son la Subdirección General de Gestión Económica y Oficina Presupuestaria, la Subdirección General de Recursos Humanos e Inspección de los Servicios, la Subdirección General de Servicios y Coordinación, y la Subdirección General de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.
    • Estas subdirecciones generales se compensarán con la supresión de subdirecciones generales del extinto Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social y que se encuentran temporalmente adscritas a la Subsecretaría del Ministerio de Trabajo y Economía Social.
    • La Secretaría General Técnica se estructura en las siguientes subdirecciones generales: la Vicesecretaría General Técnica, la Subdirección General de Coordinación Jurídica, y la Subdirección General de Relaciones Internacionales.
    • En relación con la gestión temporal de medios y servicios se establece que la Subsecretaría del Ministerio de Trabajo y Economía Social continuará prestando los servicios comunes al Ministerio de Inclusión, en tanto no se distribuyan sus efectivos, se produzca la integración efectiva de los créditos presupuestarios y los medios materiales y personales, y se definan, en su caso, los términos en los que se prestarán los servicios comunes de ambos ministerios.

    Del mismo modo, hasta el 6 de octubre de 2020 y en relación con el régimen de clases pasivas del Estado, seguirán prestando servicios en dicha materia la Dirección General de Costes de Personal del Ministerio de Hacienda, la Dirección General de Personal del Ministerio de Defensa y otros centros de los citados Ministerios que participen en su gestión.

    Con esta nueva estructura organizativa se ha tratado de asegurar el funcionamiento operativo del Ministerio, en el marco de la eficiencia y contención que marcan la pauta para el desarrollo organizativo de los restantes departamentos ministeriales.

    En términos netos se produce un incremento de 2 Subdirecciones Generales, comparando la estructura propuesta con la que anteriormente tenían las Secretarías de Estado de Migraciones y la Secretaría de Estado de la Seguridad Social, del extinto Ministerio de trabajo, Seguridad Social y Migraciones.