FSC-CCOO Sector Administración General del Estado | 20 abril 2024.

Segunda reunión del grupo de trabajo Ley de Cuerpos Penitenciarios

    En el día de ayer tuvimos la segunda reunión de este grupo de trabajo, en el que se han alcanzado las siguientes conclusiones:

    23/07/2020.
    Escudo IIPP

    Escudo IIPP

    1. Sobre si sería más conveniente desarrollar un Estatuto (sectorial) o una norma que se incardine en el TREBEP o la regulación que en el futuro le desarrolle o sustituya.

    Sobre este tema se ha alcanzado el acuerdo de que tenemos que permanecer en el ámbito del TREBEP y dentro de la AGE, dado que la Ley Orgánica General Penitenciaria establece en su artículo 80:

    “Uno. Para el desempeño de las funciones que le están encomendadas la Administración penitenciaria contará con el personal necesario y debidamente cualificado.

    Dos. Los funcionarios penitenciarios tendrán la condición de funcionarios públicos, con los derechos, deberes e incompatibilidades regulados por la legislación general de funcionarios civiles de la Administración del Estado.

    En el ejercicio de sus funciones se atenderá al principio de imparcialidad política, de conformidad con las normas constitucionales.

    Tres. La selección y, en su caso, el ascenso de los funcionarios penitenciarios se ajustará a los mismos procedimientos establecidos en el Estatuto de la Función Pública.

    Cuatro. Antes de iniciar su actividad, los funcionarios penitenciarios deberán recibir la formación específica, tanto teórica como práctica, en el centro oficial adecuado que reglamentariamente se determine.”

    2. Elaboración de un texto articulado versus documento con acuerdos sobre las materias que se determinasen.

    Se ha decidido generar un texto normativo, en el que se recojan las especificidades de nuestro ámbito.

    Para ello vamos a ir trabajando en bloques de contenido que permitan ir alcanzando acuerdos sobre los mismos.

    3. Aspectos que tratar en la próxima reunión

    En la próxima reunión se presentarán por los diferentes miembros del grupo de trabajo, los artículos referidos a:

    a) Objeto

    b) Ámbito de Aplicación

    c) Condición de agente a la autoridad

    d) La presunción de veracidad

    e) El principio de indemnidad teniendo en cuenta el último pronunciamiento del Tribunal Supremo.

    f) Normas aplicables sobre el personal,

    g) Principios y criterios de ordenación del régimen personal

    h) Dependencia ministerial

    i) Defensa Jurídica

    Los Sindicatos hemos propuesto a la Administración que la siguiente reunión se celebrase antes del 10 de agosto, pero no se ha aceptado la propuesta, alegando que en este momento temporal están cerrando todo el curso formativo y la incorporación de los funcionarios en prácticas y no disponían de suficiente personal y tiempo para comprometerse en esa fecha. Por ello, la reunión se celebrará el 8 de septiembre.