FSC-CCOO Sector Administración General del Estado | 19 abril 2024.

Los tribunales dan la razón a CCOO y declaran la vulneración del derecho fundamental a la negociación colectiva del personal laboral en el exterior

    Han resuelto que deben actualizarse sus salarios tras 10 años sin hacerlo, algo que CCOO denunció en 2018 por ser una discriminación y una falta de respeto hacia los derechos más básicos de las empleadas y empleados públicos en el Exterior.

    17/09/2020.
    Trabajadores de la Embajada española en Argentina se manifiestan

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    La Administración General del Estado (AGE) ha venido eludiendo sistemáticamente el derecho a la negociación colectiva respecto del personal laboral que presta sus servicios en el exterior (PLEX), vaciando de contenido la negociación en el seno de la Comisión Técnica PLEX.

    Esta postura, si bien afecta al conjunto de las materias objeto de negociación en el ámbito PLEX, ha sido especialmente severa en lo que respecta a la actualización salarial del personal laboral en el exterior, a la que no se han aplicado las subidas salariales decretadas en las administraciones públicas. Ello vulnera el mandato establecido año tras año en la Ley de Presupuestos Generales del Estado, así como los términos del acuerdo administración-sindicatos de diciembre de 1990.

    Desde FSC-CCOO, hartos de la desidia, la poca seriedad y la ausencia de voluntad política demostrada por la administración para atender nuestras legítimas reivindicaciones, en abril de 2018 presentamos demanda de conflicto colectivo ante los tribunales por vulneración, discriminación y falta de respeto hacia los derechos más básicos de los empleados públicos en el exterior.

    El proceso judicial se ha demorado debido a las diferentes maniobras de la administración para dilatar el proceso, como no presentar la documentación requerida por los juzgados o escudarse en resoluciones dictadas sin acuerdo con la parte social.

    El Juzgado de lo Social número 8 de Madrid ha dado la razón finalmente a CCOO, declarando la vulneración del derecho fundamental a la negociación colectiva, al no haberse procedido a la revisión anual de los salarios durante los últimos diez años, o en todo caso, a la negociación de la racionalización por países y zonas geográficas de dichas retribuciones, tomando como base de referencia la evolución de los precios al consumo y la variación del cambio en la moneda local respecto de la divisa de situación.

    Se trata del segundo varapalo judicial contra la política discriminatoria de la AGE respecto del personal laboral en el exterior en lo que va del año y se suma al fallo del Juzgado Central de lo Contencioso Administrativo Nº 5, que ha declarado que la exclusión del personal laboral que presta sus servicios en el exterior de los procesos selectivos para ingreso o acceso a cuerpos de la Administración General del Estado (Resolución de 14 de junio del Ministerio de Política Territorial y Función Pública) no es ajustado a Derecho por vulnerar la negociación colectiva de las empleadas y empleados públicos en el exterior, en respuesta a una demanda interpuesta también por CCOO.

    Por tanto, nos corresponderá a la parte social forzar ahora a la Administración a volver a la mesa de negociación, con la legitimidad que ambos fallos nos confieren, para intentar pactar tanto una solución a la exclusión del personal laboral en el exterior de los procesos de funcionarización por promoción interna, como una verdadera actualización de las retribuciones de todo nuestro ámbito.

    Por último, queremos reiterar que CCOO seguirá defendiendo el mantenimiento y la mejora de los derechos de todas las empleadas y empleados públicos de la AGE en el exterior, exigiendo el respeto a la negociación colectiva de las condiciones de trabajo de nuestra gente, y demandando la defensa de estos derechos fundamentales ante los tribunales cuando la Administración los incumpla.