FSC-CCOO Sector Administración General del Estado | 19 abril 2024.

Reunión del Grupo de Trabajo de Ley de Cuerpos Penitenciarios

    El pasado viernes se reunió, por videoconferencia, este grupo de trabajo, al que asisten CCOO, CSIF, Acaip-UGT, CIG y ELA para seguir avanzando en el texto articulado de la futura Ley de Cuerpos. Se trata-ron los siguientes puntos:

    08/02/2021.
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    1. FUNCIONARIZACIÓN DEL PERSONAL LABORAL.

    CCOO ha defendido la funcionarización de trabajo social y TMAES ocupacionales y deportivos y que se establezca un plazo máximo de 6 meses (a contar desde la entrada en vigor de la Ley) para negociar los criterios generales para cambiar el vínculo jurídico, recogiendo la posibilidad de eximir de la realización de pruebas que tengan por objeto acreditar conocimientos que ya se tuvieron en cuenta cuando ingresaron en la Administración Penitenciaria.

    CCOO ha pedido que se permita a los TMAES ocupacionales y deportivos que tengan las titulaciones exigidas, participar mediante promoción interna cruzada, a la escala de intervención y tratamiento del Cuerpo de Gestión de IIPP.

    El tratamiento penitenciario es una actividad que se tiene que entender incluida en el ejercicio de potestades públicas o en la salvaguarda de los intereses generales del Estado, dentro del At. 9 del TREBEP, reservada a personal funcionario, por eso se ha creado la especialidad de Intervención y Tratamiento en el nuevo Cuerpo de Gestión. Además el tratamiento es multidisciplinar. En Instituciones Penitenciarias siempre hemos tenido diferentes disciplinas técnicas encargadas de la socialización de las personas privadas de libertad, por lo que desde CCOO no compartimos que se sigan manteniendo dos vínculos jurídicos distintos, con condiciones laborales diferentes.

    2. SUSPENSIÓN DE LOS EFECTOS ADMINISTRATIVOS Y ECONÓMICOS DE LA ESCALA SUPERIOR (GRUPO B) MIENTRAS SE REALIZA LA INTEGRACIÓN COMPLETA.

    La Administración plantea que el acceso a la escala superior del futuro Cuerpo de Especialistas de ejecución Penal sea progresivo, siendo necesario un período de transición, y que mientras no se complete la integración, se continúe adscrito al subgrupo C1.

    CCOO ha defendido la necesidad de que se fije un marco temporal para realizar la integración completa, que éste ha de ser breve porque no podemos defender que superado un proceso selectivo, se congelen los derechos que se derivan del mismo durante años. Asimismo hemos solicitado que durante este período transitorio y hasta que se realice la integración completa, se recoja expresamente en el texto que se podrá seguir promocionando a los Cuerpos Superiores de IIPP, A1 y A2, desde el C1.

    3. REVISIÓN DE LAS CATEGORÍAS DE CENTROS

    CCOO ha propuesto el cambio de redacción para que desde la entrada en vigor de la Ley, se negocie con los sindicatos representativos la revisión de las categorías de centro, reduciéndose a tres, disminuyendo la brecha salarial y adecuando los diferentes complementos específicos y singular de puesto a criterios de peligrosidad, que además tienen que quedar objetivados en la futura Ley, como son la ratio de internos, la ratio de plantilla, el número de incidentes regimentales o el número de internos peligrosos y FIES que tiene cada establecimiento.

    4. PAGAR LAS GUARDIAS SANITARIAS EN EL COMPLEMENTO ESPECÍFICO.

    Numerosas Sentencias cada año vienen reconociendo al personal sanitario que las guardias sanitarias se deben retribuir mensualmente, al menos en la misma cuantía que el resto de horas de la jornada ordinaria y durante el disfrute de vacaciones y permisos, en situación de incapacidad temporal y en las pagas extras.

    Con la finalidad de acabar con la permanente judicialización de las condiciones laborales que padece el personal sanitario, CCOO ha propuesto que se incluya en el proyecto de Ley que las guardias sanitarias se paguen en el Complemento específico y no como productividad, ya que es el único complemento retributivo que establece el TREBEP dónde tendría encaje.

    La Administración nos ha contestado que el número de guardias que se hacen es variable, que depende del número de efectivos que tenga cada centro y que si se pagan con un complemento retributivo que es fijo en su cuantía, se van a seguir produciendo disfunciones; por ejemplo en los centros dónde hubiera suficientes efectivos saldrían ganando porque harían menos guardias pero en los centros deficitarios de este personal se tendrían que hacer más guardias que no estarían pagadas…

    La administración necesita un complemento retributivo variable como la productividad para pagar estos excesos de jornadas cuando no cubre los efectivos de la RPT con las ofertas de empleo públicos anuales.

    Evidentemente, para equiparar el precio de las guardias sanitarias, y que se abonen en vacaciones, permisos e incluso en situación de IT, no es necesario una ley, sino la voluntad política de reconocer el papel fundamental que desempeña este personal y modificar la Instrucción de productividad.

    Por último, la Administración nos informa que esta semana nos entregará un nuevo borrador de texto normativo.

    Documentación asociada
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