FSC-CCOO Sector Administración General del Estado | 25 abril 2024.

Paran el contador de generar atrasos en los salarios del personal laboral

    Los atrasos, que nos deben desde el 1 de enero de 2019, ya no tienen fecha cierta para ser pagados. Primero nos dijeron que se pagarían en mayo, luego junio, después en julio y ahora en la nómina que se cobra a final de septiembre y sin certeza. Es la última de la Subdirección General de Recursos Humanos e Inspección de Servicios del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, a la que no le preocupa tanto ya que en junio regularizo las nóminas y ya no acumula más atrasos, en la gran mayoría del personal y, además, como no genera intereses de demora, mejor.

    21/07/2021.

    La excusa, la peor que podían dar en un ámbito dotado de los mejores medios tecnológicos, resulta que somos prácticamente los últimos que cobraremos. Lo de cobrar es un decir, visto lo visto, ya que según dicen, es complicado preparar esas nóminas. Y lo sueltan así, sin pararse a pensar que los que están esperando su dinero saben que esa cuenta es la de la vieja. La sensación acumulada de todo lo que está pasando en la gestión de los RRHH ya raya la indecencia. Porque esa sensación de que se ríen de nosotros, por este y otros temas, lo único que genera es impotencia y esta se traduce en que cuando el personal tiene su opción desahoga.

    Lo mismo que en relación con otros conceptos salariales, que en el caso de los compañeros que han bajado de grupo se nos comunicó en mayo que efectivamente se tendría en cuenta para arreglarlo en la nómina de junio que era la de puesta al día y la nómina llegó y los compañeros no vieron arreglado el tema, eso sí lo siguen intentando….

    En otro orden de cosas y dentro de la reunión de la Subcomisión Paritaria de la Administración de la Seguridad Social celebrada el día 20 de julio se trataron, además, otros temas de relevancia general.

    Para empezar, dos cuestiones que creemos relevantes:

    Una: La Administración, en uso de sus facultades para, excepcionalmente, denegar el derecho de dos trabajadores a una permuta, después de ampararlo en un informe de la Dirección Provincial, en este caso de A Coruña, en el que se deniega tal derecho y en el que el argumento excepcional es que uno de los ordenanzas está en periodo de adaptación y formación después de haber pasado de la planta baja del edificio a la tercera o cuarta planta de este. El compañero lleva 33 años en la Entidad y de ellos 32 de ordenanza.

    La excepcionalidad la conocemos dos meses después de haber solicitado los argumentos por los cuales la Administración en la Subcomisión decidió no conceder tal derecho a la permuta. ¿Es reírse o no es reírse del personal?

    Dos: El ISM propone que una compañera que está en la RPT de Servicios Centrales siga encadenando desplazamientos temporales a otra provincia. Hasta aquí, no presentable, pero mientras sea legal, nada que objetar.

    Lo que ya no es presentable es que se quieran encadenar dos desplazamientos geográficos temporales (Artículo 51 IV CU) argumentando que es totalmente legal. Es decir, que la limitación de 12 meses máximo es hasta que acaba, pero dicen que este es otro nuevo. Volvemos a la misma sensación, se ríen de nosotros. Alguien les está diciendo que hagan lo que tengan que hacer y el que no esté de acuerdo que recurra. Nos suena esa manera de gestionar, se parece a la de un antiguo adjunto a la Secretaría General de la TGSS. Posiblemente quieran volver a la discrecionalidad del paternalismo clientelar y que, aunque existan los concursos u otras posibilidades de establecer las demandas organizativas, lo que se pretenda es tener siempre la espada de Damocles sobre los apadrinados.

    Solo le pedimos al Ministerio que ejerza de garante de la legalidad y que coordine y que no ampare las decisiones que no estén ajustadas a derecho. Y, en todo caso, ante la duda que evacue consulta a la COPA, que para eso están.

    RPTs y Listados de ocupación.

    Se establece como fecha de publicación de estos, el día 27 de este mes y se acuerda dar un plazo de alegaciones hasta el día 10 de septiembre inclusive.

    Este periodo de alegaciones debe servir para que los compañeros que han presentado reclamaciones a su encuadramiento presenten los mismos argumentos o ampliados y con pruebas en este periodo de alegaciones que da la publicación de las RPTs.

    OEP y Estabilización

    Nos han comunicado que Función Pública les ha dicho que preparen los distintos procesos para que estén a final de mes publicados. Los datos que nos han facilitado son los siguientes

    Para la oferta 2018 el ISM saca 30 plazas a oferta libre y 4 a estabilización.

    El IMSERSO acumula la oferta 2018, 2019 y 2020 con 250 plazas a oferta libre y de la oferta de 2018 saca 148 ocupadas por interinos y 102 vacantes.

    El concurso paralelo a la estabilización saldrá publicado a primeros de agosto y tienen para todos los procesos mencionados cuatro meses para lanzar la convocatoria.

    Personal de Enfermería

    Desde CCOO y después de varios intentos de darle solución a este colectivo, siempre dentro de las competencias o posibilidades de la Subcomisión, nos comunican que están preparando una propuesta para que el que quiera y voluntariamente pase a los Servicios de Prevención fuera de convenio. Al parecer hay algunos que aceptan y otros que no. Después de que tengan la documentación necesaria se propondrá el pase de aquellos que acepten tal circunstancia. Por ahora no hay nada más.

    Bolsa de empleo temporal en el IMSERSO

    Después de que todos los meses estamos con la misma cuestión, efectivamente nos informan que están empezando a solucionar las categorías que no entran en contradicción con el nuevo encuadramiento y exigencia de titulación, ya que el resto no saben cómo se va a afrontar. Por estas andamos aún.

    Se les ha propuesto que hablen con Función Pública y que acuerden el continuar con todas las categorías. Claro, está concertando un plazo de finalización y que la siguiente bolsa, en su caso, que sea exigible o no con las nuevas titulaciones, más que nada por ver si definitivamente se ponen las pilas y solucionan de una vez por todas este asunto que ya huele.

    Periodo de carencia en la aplicación del convenio a los adscritos provisionales que no obtengan plaza en el concurso.

    Desde CCOO hemos propuesto, y ha sido apoyada por toda la Subcomisión, que se solicite a la COPA que, dado el tiempo que ha tardado en ponerse en marcha el procedimiento de concursos, medio por el cual debería haberse reingresado y que no hubiera generado provisionalidades, se garantice a los que no obtengan su plaza provisional en el concurso que se queden en el mismo organismo y centro de trabajo donde actualmente están. Sí se ha dado un periodo de carencia al reingreso, generando más provisionalidades por no haber puesto en marcha el mecanismo del concurso de traslados, porque no dar esa misma oportunidad a estos trabajadores y hacer borrón y cuenta nueva una vez puesto en marcha el concurso, algunos llevan años en su puestos provisional pero con arraigo de todo tipo que si se les aplica ahora el convenio pudiera causar situaciones que por causa de no haber puesto en marcha el concurso, en su día, podría haber estado carentes de provisionalidad como así pretende el convenio.