FSC-CCOO Sector Administración General del Estado | 25 abril 2024.

Audiencia Nacional Confirma Vulneración Negociación Promoción Interna

    En su reciente sentencia, la Audiencia Nacional considera que no resulta convincente que la Administración quiera desligarse ahora de los precedentes administrativos existentes, puesto que en las últimas convocatorias sí se permitió al colectivo de personal laboral destinado en el exterior el acceso a la promoción interna, por lo que no basta para excluir de la negociación el decir “que nadie tiene derecho a que se siga aplicando una solución ilegal a su caso.”

    11/05/2021.

    Como recordaréis, ya en enero de 2020 el Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo num. 5 dictó sentencia por la que se declaró la vulneración del derecho a la negociación colectiva del PLEX, en relación a la exclusión del personal laboral de la Administración General del Estado que presta sus servicios en el exterior de los procesos de promoción interna para acceso a los cuerpos de funcionarios correspondientes a la oferta de empleo público de 2019. Una exclusión que, como hemos venido defendiendo a lo largo de todo este proceso, se llevó a cabo de forma unilateral y sin el más mínimo respeto al mencionado derecho fundamental, ya que no sólo no se negoció en la correspondiente Mesa de Negociación (la Comisión Técnica del Personal Laboral en el Exterior -CTPLEX-), sino que ni tan siquiera se informó a las organizaciones sindicales, que tuvimos que enterarnos de dicha decisión a través de la publicación de la Convocatoria en el BOE, pese a que nuestro colectivo había tenido derecho a presentarse a estos procesos en los años inmediatamente anteriores.

    La Abogacía del Estado, en representación del Ministerio de Política Territorial y Función Pública, presentó recurso de apelación contra dicha sentencia y recientemente la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional ha rechazado totalmente el mencionado recurso, ratificando la existencia de la vulneración del derecho fundamental tal y como hemos venido defendiendo desde CCOO.

    En su reciente sentencia, la Audiencia Nacional considera que no resulta convincente que la Administración quiera desligarse ahora de los precedentes administrativos existentes, puesto que en las últimas convocatorias sí se permitió al colectivo de personal laboral destinado en el exterior el acceso a la promoción interna, por lo que no basta para excluir de la negociación el decir “que nadie tiene derecho a que se siga aplicando una solución ilegal a su caso.”

    Lógicamente, esta argumentación de ilegalidad que planteaba la Abogacía del Estado en su defensa no puede sino resultar absurda, pues en modo alguno la Administración puede actuar en contra de la Ley y el Derecho, por mandato constitucional (art. 103.1 CE). Por lo que estos argumentos han sido una mera coartada empleada para justificar su mal hacer y el absoluto desprecio que ha venido demostrando con respecto del personal laboral destinado en el exterior a lo largo de los últimos años.

    Esta situación, como bien conocéis, no se limita a la exclusión de la Promoción Interna, sino que se manifiesta de forma sistemática en el más absoluto abandono de nuestro colectivo, al que se le ha negado la negociación en otros ámbitos, como la actualización retributiva, materia por la que se ha condenado a la Administración en los Juzgados de lo Social, al declararse también la vulneración del derecho a la negociación colectiva, en el proceso de conflicto colectivo presentado por CCOO en abril de 2018, y cuya sentencia esperamos quede en firme por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid en las próximas semanas.

    Desde CCOO esperamos que este pronunciamiento tenga continuación en los distintos procesos individuales interpuestos por algunos compañeros y compañeras que fueron injustamente excluidos en su día, y nos permita finalmente reconducir esta materia a través de la negociación colectiva en el seno de la CTPLEX.

    Al mismo tiempo y como no puede ser de otra forma, desde CCOO-Exterior seguiremos defendiendo el derecho a la promoción profesional del colectivo de personal laboral que presta sus servicios en el exterior en todos los ámbitos, junto al conjunto de derechos recogidos en el Acuerdo de Condiciones de Trabajo del PLEX, tanto a través de la negociación colectiva como ante los tribunales de justicia cuando la circunstancias así lo exijan.

    Como ya es habitual, os reiteramos que estamos a vuestra absoluta disposición para escucharos y aclarar vuestras dudas y consultas. A dichos efectos os recordamos una vez más nuestros canales de contacto:

    Correo electrónico: ccoo-servicioexterior@fsc.ccoo.es

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