FSC-CCOO Sector Administración General del Estado | 28 marzo 2024.

Tercera reunión del Grupo de trabajo de reclasificación de centros penitenciarios encuadrado dentro del Acuerdo Marco para una Administración del siglo XXI

    02/12/2022.
    GT de reclasificación de centros penitenciarios

    GT de reclasificación de centros penitenciarios

    En el día de hoy se ha celebrado la tercera reunión de este grupo de trabajo dimanante del Acuerdo Marco para una Administración del siglo XXI. Se han aceptado la mayoría de las propuestas realizadas por Acaip-UGT y CCOO en relación con la determinación de unos criterios objetivos que justifiquen el encuadramiento de los centros penitenciarios dependientes de la Secretaría General de IIPP en una de las tres nuevas categorías de clasificación penitenciaria.

    La Administración respecto a la situación de los CIS de Valencia, Victoria Kent y Málaga manifiesta estar dispuesta a abordar en el marco de un posible acuerdo, una evaluación de su situación específica que permita mejorar sus condiciones de trabajo, mediante el estudio de la ampliación de las dotaciones de sus relaciones de puestos de trabajo.

    La Administración ha recogido parte de las propuestas de criterios manifestados por las OOSS, fijando los siguientes criterios generales, que serán los que se tengan en cuenta para un encuadramiento objetivo de los diferentes grupos de categorías:

    • Estructura arquitectónica y dimensiones del centro (grande, media, pequeña). En este criterio se incluiría si se trata o no de un Centro-Tipo (recogidos en el Plan de Amortización y Creación de Centros Penitenciarios, PACEP), de modelos anteriores al Centro-Tipo, si el establecimiento tiene o no estructura modular, etc.
    • Ocupación actual y prevista de población, según la evolución actual de la población penal. Se considera una cifra diferenciadora alrededor de los 800 internos/as.
    • Módulos o departamentos residenciales con los que cuenta el establecimiento, así como la existencia o no de departamento de régimen cerrado o régimen especial.
    • Perfil y características de las personas privadas de libertad albergadas en el centro.
    • Apreciación global de las siguientes variables: edad media de la plantilla, porcentaje de ocupación de la RPT y ratio internos-internas / funcionarios-as.

    La valoración global de los criterios anteriores (no derivada de una aplicación automática, ni exclusiva, ni excluyente, con respecto a alguno o algunos de ellos, dada la heterogeneidad de establecimientos), lleva a agrupar los actuales 81 centros dependientes de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias conforme a la siguiente clasificación:

    1. GRUPO 1:

    Centros-Tipo y establecimientos de grandes dimensionesPoblación penitenciaria actual y prevista superior a 800 internos/asMayor dificultad de gestión derivada de los factores anteriores y de la existencia de más de 10 módulos o departamentos residencialesExistencia de Departamento de Régimen Cerrado o de Régimen EspecialResultado de la apreciación global de las siguientes variables: edad media de la plantilla, porcentaje de ocupación de la RPT y ratio internos-internas / funcionarios-as (carga de trabajo).

    2. GRUPO 2:

    Centros que no responden a la estructura del Centro-Tipo, centros de dimensiones medias y Hospitales Psiquiátricos PenitenciariosPoblación penitenciaria actual y prevista inferior a 800 internos/asDificultad media de gestión derivada de los dos factores anteriores y de la existencia de 10 o menos módulos o departamentos residenciales.

    Resultado de la apreciación global de las siguientes variables: edad media de la plantilla, porcentaje de ocupación de la RPT y ratio internos-internas / funcionarios-as (carga de trabajo).

    3. GRUPO 3:

    Centros de pequeñas dimensiones y CIS.Población penitenciaria residente inferior a 350 internos/asDificultad reducida de gestión derivada de los dos factores anteriores y de la existencia de un número reducido de módulos o departamentos residencialesGestión que corresponde al servicio público penitenciario en el denominado sistema penal alternativoPoblación con bajo perfil conflictivo, en régimen de semilibertad o con aplicación de penas y medidas alternativas.

    Teniendo en cuenta los criterios anteriores y tras un receso solicitado por la Administración para valorar lo expuesto por la parte social, se nos ha hecho entrega de una nueva distribución de centros que os adjuntamos. CCOO y ACAIP-UGT no damos por cerrado esta parte del acuerdo hasta que no se haga una valoración del conjunto, pero estamos en disposición de continuar avanzando en la negociación a la espera de conocer el impacto económico que tendría esta nueva clasificación en la aplicación directa a cada uno de los grupos y centros penitenciarios.

    No habrá acuerdo sindical sin cerrar el texto de propuesta para elevar a la Mesa General de Negociación de la Administración General del Estado (art. 36.3 del TREBEP), que contemple todos los aspectos detalladamente.

    Hemos quedado que la próxima semana la Administración nos enviará el borrador con la memoria justificativa de la necesidad de revisión de las categorías penitenciarias que se adapte a la nueva realidad penitenciaria, a la que realizaremos las aportaciones.

    Adjuntamos la distribución de los centros en las tres categorías.

    PROPUESTA DE NUEVA CATEGORÍAS DE CENTROS PENITENCIARIOS

    NUEVA CATEGORÍA UNO (35): A Lama (Pontevedra), Albolote (Granada), Algeciras, Alicante I, Alicante II, Almería, Asturias, Castellón II, Córdoba, Huelva, La Moraleja (Dueñas), Las Palmas I, Las Palmas II, León, Madrid II (Meco), Madrid III (Valdemoro), Madrid IV (Navalcarnero), Madrid V (Soto del Real), Madrid VI (Aranjuez), Madrid VII (Estremera), Málaga I, Málaga II, Murcia II, Palma de Mallorca, Pamplona, Puerto I (Cádiz), Puerto II (Cádiz), Puerto III (Cádiz), Santa Cruz de Tenerife, Sevilla I, Sevilla II, Teixeiro-Curtis (A Coruña), Topas (Salamanca), Valencia y Zuera (Zaragoza).

    NUEVA CATEGORÍA DOS (19): Alicante Psiquiátrico, Arrecife, Badajoz, Burgos, Cáceres, Castellón I, Ceuta, Daroca (Zaragoza), El Dueso (Cantabria), Herrera Mancha (Ciudad Real), Jaén, Madrid I Mujeres, Murcia, Sevilla Psiquiátrico, Ocaña I, Ocaña II, Segovia, Soria y Valladolid.

    NUEVA CATEGORÍA TRES (27): Albacete, Alcalá de Guadaira, Alcázar de San Juan, Ávila, CIS A Coruña, CIS Alcalá de Henares, CIS Algeciras, CIS Granada, CIS Huelva, CIS Málaga, CIS Murcia, CIS Navalcarnero, CIS Palma de Mallorca, CIS Sevilla, CIS Tenerife, CIS Valencia, CIS Victoria Kent, Cuenca, Ibiza, Logroño, Lugo-Bonxe, Lugo Monterroso, Melilla, Menorca, Orense, Santa Cruz de la Palma y Teruel.

    Documentación asociada
    Documentación asociada