FSC-CCOO Sector Administración General del Estado | 20 julio 2025.

Nuevas tablas salariales del IV Convenio único de la AGE con el incremento del 0,5%

    Nuevas tablas salariales del IV Convenio incluyendo la aplicación del 0,5% y un cálculo de atrasos desde enero de 2024 y hasta el mes de julio de 2025.

    04/07/2025.
    Detallamos en el enlace los nuevos valores desde 2024 del salario base, trienio y la hora extra en la tabla y un cálculo de los atrasos en concepto de salario base por grupo profesional hasta el mes de julio de 2025

    Detallamos en el enlace los nuevos valores desde 2024 del salario base, trienio y la hora extra en la tabla y un cálculo de los atrasos en concepto de salario base por grupo profesional hasta el mes de julio de 2025

    Tal como ya dijimos en nota informativa de enero de este año, teníamos pendiente la actualización del salario y el pago de atrasos por la aplicación del 0,5% del acuerdo de subida salarial firmado para el periodo 2022-2024 y que se aplicaría en función de la evolución del IPC acumulado en dicho periodo, por ello, al darse las condiciones, se ha de proceder a llevar a cabo tal medida y con carácter retroactivo desde el mes de enero de 2024.

    Además, el que finalmente se haya procedido a autorizar su aplicación con las instrucciones pertinentes publicadas ayer en BOE, permite retomar las gestiones para la aplicación de otro acuerdo que incumbe exclusivamente al personal laboral del Convenio y que supondrá una nueva actualización de las cuantías de las modalidades de retribuciones complementarias por medio de una subida lineal de las mismas que también implica atrasos desde enero del 2024.

    Detallamos los nuevos valores desde 2024 del salario base, trienio y la hora extra en la tabla y un cálculo de los atrasos en concepto de salario base por grupo profesional hasta el mes de julio de 2025.

    VER TABLAS


    Os adjuntamos el FORMULARIO DE SOLICITUD DE ABONO DE LOS ATRASOS CORRESPONDIENTES AL INCREMENTO ADICIONAL DEL 0,5 POR CIENTO DE LAS RETRIBUCIONES VINCULADO AL IPCA (REAL DECRETO-LEY 4/2024).

    Solicitud de aplicación son:

    1. Personal que durante el período comprendido entre el 1 de enero de 2024 y el último día del mes anterior al pago de los atrasos haya cambiado de destino dentro del sector público estatal, con o sin variación de la naturaleza jurídica de la relación de servicios.

    2. Personal perteneciente al sector público estatal que, sin haber percibido los atrasos correspondientes, haya pasado a prestar servicios a una Administración Pública distinta.

    3. Personal que no se encontrara en situación de servicio activo o asimilada por jubilación o cualquier otra causa, o que hubiera perdido la condición de empleado público, con posterioridad al 1 de enero de 2024, sin haber percibido los atrasos correspondientes.