FSC-CCOO Sector Administración General del Estado | 14 julio 2026.

Publicada la nueva Instrucción de jornada y horarios para los Servicios Centrales saltándose el procedimiento legal de negociación colectiva

    Se ha publicado la I 2/2026 con el nuevo régimen horario de 35 horas semanales para los Servicios Centrales de la SGIP sin que se haya convocado la Mesa Delegada de Instituciones Penitenciarias, ni se haya ratificado la citada Instrucción por acuerdo de la mayoría de los miembros que componen dicha Mesa de Negociación, por lo que en principio esta Instrucción adolece de un vicio de nulidad. 

    28/05/2026.
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    La Administración Penitenciaria sólo ha convocado una reunión del Grupo de Trabajo de jornada y horarios el pasado 19 de mayo, que tiene un carácter técnico para agilizar el funcionamiento de la Mesa Delegada, pero que en ningún caso, puede sustituir las competencias del Pleno de la Mesa Delegada de IIPP. 

    En la reunión del grupo de trabajo del pasado día 19 de mayo, CCOO defendió el cumplimiento de la Resolución de la Secretaria de Estado y la adaptación de las dos Instrucciones específicas de jornadas y horarios que tenemos, tanto para los Servicios Centrales como periféricos, puesto que se establecía el plazo de un mes para hacerlo y éste ya ha pasado.

    Los gestores penitenciarios, una vez más, se ponen de espaldas al derecho y al personal penitenciario. Tienen una oportunidad para mejorar el servicio público penitenciario, mejorar la conciliación y la salud laboral, conforme a las líneas establecidas por Función Pública y, optan por la imposición unilateral en contra de la negociación colectiva y los acuerdos.

    Como novedad respecto a la anterior Instrucción, en los horarios de especial dedicación se incluyen 30 minutos de comida como “tiempo efectivo de trabajo”, además de los 30 minutos de pausa entre las 10:30 y las 12:00, no siendo objeto de negociación colectiva por tratarse de una condición laboral del personal directivo excluida por el TREBEP. 

    La Resolución de 14 de abril de 2026, publicada en el BOE el 15 de abril, no sólo ha establecido un nuevo marco regulador de la jornada y los horarios de trabajo, mejorando las condiciones laborales del personal al servicio de la AGE, sino que ha venido a reforzar de manera significativa las medidas de conciliación de la vida personal, familiar y laboral, incorporando expresamente la figura del empleado o empleada pública cuidadora, en línea con el artículo 47.2 del TREBEP y la Directiva (UE) 2019/1158 aunque no lo mencionen expresamente en la Instrucción. En este sentido, se reconoce el derecho a flexibilizar el horario fijo de la jornada, ampliando los supuestos protegidos, y se introducen medidas adicionales como la adaptación progresiva de la jornada tras tratamientos de especial gravedad sin pérdida retributiva, la bolsa de horas recuperables para cuidados familiares y diversas ausencias justificadas vinculadas a responsabilidades familiares y de salud. 

    Para su correcta interpretación se deben tener en cuenta ambas resoluciones administrativas ya que la SGIP sólo hace una referencia a la resolución de la Secretaria de Estado.