FSC-CCOO Sector Administración General del Estado | 18 mayo 2024.

Reunión del Grupo de Trabajo del Cierre de Alcalá de Guadaira

    En el día de hoy, 29 de abril de 2024, se ha reunido este grupo de trabajo para finalizar el trabajo del cierre de este centro penitenciario.

    29/04/2024.
    CP Alcalá de Guadaira

    CP Alcalá de Guadaira

    La Administración nos ha trasladado que la Orden Ministerial anunciando que el cierre se publicará de forma inminente y que están terminando los expedientes de modificación de RPT,s de los centros a los que van a ir reasignados la plantilla de Alcalá de Guadaira. En los centros penitenciarios de Sevilla 1 y Sevilla 2 se ocuparán plazas vacantes porque hay bastantes sin cubrir, y si en algún caso no hubiera una vacante, se propondrá la reasignación de un puesto idéntico al centro solicitado. En el caso del CIS, por ser el centro más demandado, se reasignarán los puestos de trabajo y quedarán a regularizar, amortizándose cuando el personal se haya jubilado.

    Estaba pendiente conocer la contestación de la Dirección General de la Función Pública a la consulta elevada por la Subdirección General de RRHH, sobre la excedencia voluntaria incentivada, situación administrativa que podría ser de interés para el personal funcionario próximo a la edad de jubilación. Adjuntamos nota informativa que nos envía la Administración.

    El personal funcionario que NO quiera trasladarse a otro Centro penitenciario de la provincia de Sevilla puede optar por la EXCEDENCIA VOLUNTARIA INCENTIVADA, situación administrativa que tienen una duración de 5 años, y que se remunera con una cantidad de una mensualidad de las retribuciones periódicas, excluidas pagas extras y complemento de productividad que se perciben mensualmente por cada año de servicios, con un máximo de 12 meses.

    Esta situación no impedirá que el personal funcionario que solicite la jubilación voluntaria o forzosa si cumple los requisitos para ello, y NO TENDRÁ QUE DEVOLVER las cantidades percibidas, si no se agota el plazo de los 5 años de duración de esta excedencia. Durante esta situación de excedencia no se cotiza y no se puede trabajar en el sector público. Además estas cantidades tienen la consideración de rendimientos del trabajo y tributan al IRPF.

    Se abre un plazo de 4 días naturales (hasta el jueves inclusive 2 de mayo) para solicitar está excedencia porque tienen que enviar los expedientes de modificación de RPT's a la CECIR.

    Os seguiremos informando.