FSC-CCOO Sector Administración General del Estado | 26 abril 2024.

La garantía de los derechos de los técnicos y técnicas en prácticas, pasa por la finalización del curso selectivo en el plazo marcado en la convocatoria

    En las últimas semanas los alumnos y alumnas del curso selectivo de la XIX promoción del Cuerpo Técnico de Hacienda han tenido que padecer la proliferación de bulos, desinformaciones y fake news a las que lamentablemente estamos acostumbrados y acostumbradas en la AEAT.
    CCOO, SIAT y UGT , como mayoría social, tenemos la obligación de ser rigurosos en las informaciones y cumplimos nuestro compromiso de aportar soluciones a los problemas de los trabajadores y trabajadoras. Por ello, hemos elaborado una propuesta basada en criterios jurídico-técnicos.

    16/04/2020. Hoja conjunta.
    Oposiciones CTH.

    Oposiciones CTH.

    En primer lugar, debido a la confusión generada, tenemos que aclarar que en el ámbito de la Administración Pública rige el estado de derecho y las actuaciones están sujetas a las normas. Por lo tanto, lo bulos de WhatsApp, las fake news, los avisos informativos sin pie de firma en la web de la Agencia Tributaria o las cartas al INAP no ocupan lugar en el rango normativo y por lo tanto carecen de efectos legales. Un análisis técnico-jurídico exige ir a las fuentes del derecho, publicadas en tiempo y forma con firma habilitada.

    De acuerdo con la Resolución de 5 de noviembre de 2018, de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se convocan procesos selectivos para ingreso, por los sistemas de acceso libre y promoción interna, en el Cuerpo Técnico de Hacienda, los y las aspirantes que superen la fase de concurso-oposición (promoción interna) o de oposición (turno libre) realizarán un curso selectivo, de una duración máxima de cuatro meses lectivos, en el Instituto de Estudios Fiscales.

    Corresponde al Instituto de Estudios Fiscales la organización, dirección, impartición y evaluación del citado curso selectivo, sin perjuicio de la coordinación conjunta con la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

    El Instituto de Estudios Fiscales elevará al órgano convocante las evaluaciones del curso selectivo, al objeto de que sean incorporadas a la calificación final de las pruebas selectivas.

    El programa del curso será aprobado, de forma conjunta, por la Agencia Estatal de Administración Tributaria y el Instituto de Estudios Fiscales. El curso selectivo tendrá como finalidad primordial la adquisición de conocimientos en orden a la preparación específica de los y las aspirantes para el ejercicio de las funciones propias del Cuerpo Técnico de Hacienda.

    Respecto a la XIX promoción del Cuerpo Técnico de Hacienda, hay que considerar la Resolución de 20 de diciembre de 2019 de la Presidencia de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se nombran funcionarios y funcionarias en prácticas del Cuerpo Técnico de Hacienda a los y las aspirantes que han superado, por los sistemas de acceso libre y de promoción interna, la fase de oposición y, en su caso, las fases de oposición y de concurso de las pruebas selectivas, convocadas por Resolución de 5 de noviembre de 2018 («Boletín Oficial del Estado» del 12), que en su apartado PRIMERO resuelve:

    “Nombrar funcionarios en prácticas del Cuerpo Técnico de Hacienda a los aspirantes que han superado las fases de oposición, o de oposición y concurso, que se relacionan en el Anexo de la presente Resolución, con efectos del día 20 de enero de 2020, en que comenzará el curso selectivo en el Instituto de Estudios Fiscales, sito en la Avenida Cardenal Herrera Oria 378, Madrid 28035.”

    Habiendo dado inicio el curso selectivo en la fecha indicada en dicha Resolución, no consta Resolución o norma posterior que haya suspendido dicho curso. Por lo tanto, el curso continúa transcurriendo dentro del plazo máximo de 4 meses.

    Quien afirme en correos electrónicos, whatsapps o en cartas al INAP que el curso está suspendido tendrá que aportar un documento legal publicado y firmado que lo acredite. Las fake news carecen de efectos jurídicos en el ámbito de la AEAT.

    Analizada la situación por parte de los gabinetes técnicos de CCOO, SIAT y UGT, desde la mayoría social de la AEAT proponemos:

    Que la AEAT, como órgano convocante, proceda a redefinir el programa del citado curso selectivo conjuntamente con el Instituto de Estudios Fiscales, adaptando los criterios y métodos de valoración de la evaluación final. Dichos criterios han de ser objetivos y respetuosos con los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad, de forma que se garantice la finalidad del curso-selectivo establecida en la convocatoria del proceso selectivo que no es otra que la “adquisición de conocimientos en orden a la preparación específica de los y las aspirantes para el ejercicio de las funciones propias del Cuerpo Técnico de Hacienda.” Estamos por lo tanto ante un concepto jurídico indeterminado que ha de ser dotado de contenido por el órgano competente.

    La suspensión del curso sería la peor opción para los técnicos y técnicas de la XIX Promoción.

    A nadie escapa que la suspensión del curso supondría el cese en la percepción de retribuciones para los compañeros y compañeras del turno libre, incluso la devolución en caso de haberlas percibido en periodo de suspensión, cuestión que consideramos inaceptable. Es inadmisible que algunos veteranos y veteranas del colectivo envíen cartas a altos responsables de la Administración General del Estado ajenos a esta oposición afirmando que el curso está suspendido mientras los alumnos y alumnas siguen cobrando retribuciones. Tampoco podemos entender que en dicha carta se planteen múltiples alternativas (a corto plazo, a largo plazo…) al INAP para que un órgano ajeno a los técnicos y técnicas en prácticas emita su opinión cuando lo considere oportuno sobre si el curso selectivo debe continuar, suspenderse o aplazarse hasta nuevo aviso. ¡Qué irresponsabilidad! ¡Qué fácil es jugar con el futuro de este personal en prácticas, desde la comodidad que da un nivel 26!

    CCOO, SIAT y UGT, como firmantes y garantes del Acuerdo de Carrera Profesional y Administrativa de 2007, compartimos el objetivo que se han marcado los compañeros y compañeras de la XIX Promoción que están realizando el curso selectivo para que les puedan nombrar funcionarios o funionarias de carrera antes del 1 de septiembre, puesto que cualquier retraso que pudiera derivarse de una suspensión del curso selectivo o de recursos por parte de organismos ajenos al procedimiento, tendría un coste de miles de euros para cada trabajador o trabajadora al verse retrasadas a lo largo de toda su vida profesional las reclasificaciones de tramo, el 1 de septiembre del año correspondiente a la que tendrán derecho en virtud del mencionado acuerdo firmado por esta mayoría sindical. Existen precedentes en la AEAT de promociones enteras de funcionarios y funcionarias, que por haber sido publicado sus nombramientos en BOE el día 3 del mes correspondiente a la reclasificación padecen (y seguirán padeciendo) un retraso de un año en todas sus reclasificaciones posteriores con el perjuicio económico que supone.

    Las perspectivas profesionales del personal del Cuerpo Técnico de Hacienda de la AEAT son distintas a las de otros colectivos de técnicos y técnicas. CCOO, SIAT y UGT , como mayoría social en la AEAT, no podemos asumir que nuestros compañeros y compañeras sean metidos y metidas en el mismo lote que otros colectivos del cuerpo técnico que se encuentran en periodo formativo para prestar servicios en otras áreas departamentales a quienes parece ser que ya se les ha comunicado la suspensión de su curso selectivo hasta septiembre. Quienes desde la esfera sindical están defendiendo, explícita o implícitamente, equiparar el tratamiento que haya de darse al curso selectivo de los técnicos y técnicas de la AEAT y a los demás técnicos y técnicas del Ministerio en prácticas, están poniendo en peligro los derechos y las expectativas profesionales presentes y futuros de los empleados y empleadas de la Agencia Tributaria.

    LOS TRABAJADORES Y TRABAJADORAS DE LA AGENCIA TRIBUTARIA NO ASUMIMOS HACER DE COSTALEROS O COSTALERAS DE LOS TÉCNICOS Y TÉCNICAS DE AUDITORÍA Y CONTABILIDAD Y QUE CADA VEZ QUE SE VISLUMBRA UN ACUERDO EN LA AGENCIA TRIBUTARIA, GESTHA INTENTE CONDICIONARLO PARA APLICÁRSELO A SUS RESPONSABLES. CADA COLECTIVO DEBE ASUMIR QUE PRESTA SERVICIOS EN ORGANISMOS DIFERENTES Y CADA UNO TIENE LAS PERSPECTIVAS PROFESIONALES QUE ACUERDA EN SU ÁMBITO DE NEGOCIACIÓN COLECTIVA.

    Documentación asociada
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