FSC-CCOO Sector Administración General del Estado | 26 abril 2024.

CCOO solicita la retirada de la Orden 2/20 de medidas específicas para FIES control directo

    Desde CCOO hemos trasladado una QUEJA al Secretario General de IIPP por la desafortunada Orden de Servicio 2/2020 que viene a eliminar el uso de las esposas dentro de los centros penitenciarios con los internos más peligrosos y conflictivos que tiene la Institución Penitenciaria.

    21/05/2020.
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    Los Departamentos Especiales se caracterizan por la limitación de las actividades en común, un mayor aislamiento y por una mayor intensidad de las medidas de seguridad (activa y pasiva) orden y disciplina. La arquitectura de estos departamentos, las normas regimentales que se aplican en ellos, los procedimientos de trabajo seguro, desafortunadamente, no se regulan en ninguna norma. La misma clasificación de ficheros FIES no se recoge en la normativa penitenciaria.

    Partimos de la base de que la normativa penitenciaria ha quedado desfasada y que requiere urgente una reforma legal. Desde CCOO defendemos que las situaciones especiales que requieran una mayor restricción del régimen de vida de los internos se regulen por ley para que haya más garantías y para que el personal penitenciario cuente con mayor seguridad jurídica a la hora de trabajar y no se vea en la necesidad de improvisar procedimientos de actuación ante la falta de regulación por parte de los gestores penitenciarios.

    Ante las graves carencias del PEAFA, hay centros penitenciarios que han tenido que implementar unos procedimientos de actuación en materia de seguridad, para que el personal penitenciario que trabaja con los internos más peligrosos y conflictivos lo hagan de forma segura, disminuyendo el riesgo de agresión y respetando la dignidad del interno. En esos procedimientos se contempla el uso de esposas para trasladar a un interno peligroso al patio, a su celda, a comunicar, etc. y funcionan muy bien.

    Tenemos Departamentos Especiales que disponen de medidas técnicas que permiten que el interno peligroso se desplace hasta el patio o hasta la celda sin tener contacto con los funcionarios, evitando el uso de las esposas. Sin embargo hay otros Departamentos especiales que no tienen esa infraestructura y requieren el contacto directo con el preso. El procedimiento de trabajo seguro es trasladarlo con esposas. En este caso el uso de las esposas no se hace como “un medio coercitivo” sino como una medida de prevención y protección al personal penitenciario. Un ejemplo más; En estos departamentos hay “puertas de cangrejo” que son un elemento técnico de seguridad, que no tienen los módulos ordinarios y que tampoco se regulan en la Normativa penitenciaria, pero que protegen la integridad física de las personas y permiten que el trabajo se desempeñe de forma segura.

    El uso de las esposas es un procedimiento de trabajo habitual de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado cuando tienen que trasladar a un interno a un Juzgado, hospital etc. Se esposa a todos los internos e internas aunque su perfil sea de baja peligrosidad. Al contrario de lo que sucede en prisiones, nadie cuestiona la forma de hacer su trabajo, ni tampoco se cuestiona que un juez o un médico realicen su trabajo con un interno esposado.

    Por todo lo expuesto, SOLICITAMOS la retirada de la Orden y que desde la Secretaría General de IIPP se expliquen los motivos al Juez de Vigilancia Penitenciaria Nº 1 de Andalucía, al Defensor del Pueblo y organizaciones que se quejen de este procedimiento.

    Por último trasladarle que esta orden ha sido muy desafortunada después de las brutales agresiones que han sufrido los compañeros del CP de Dueñas.