FSC-CCOO Sector Administración General del Estado | 27 abril 2024.

CCOO denuncia la obligación de controles documentales presenciales, fijado en la Instrucción IM/3/2020 de la subdirección general de Sanidad Exterior.

    Según se contempla en el punto 4.6. de la Instrucción IM/3/2020, relativa al Plan de desescalada de las medidas adoptadas con motivo de la pandemia por COVID-19, por parte de la Subdirección General de Sanidad Exterior del Ministerio de Sanidad, ...

    20/07/2020.
    Control documental

    Control documental

    ... al alcanzar la fase 3 de desescalada instaura la obligatoriedad de realización de los controles documentales de forma presencial, justificándolo con razonamientos como poder asegurar y mejorar la calidad de los controles, y parten de la base de que la realización de dichos controles no presenciales no garantiza un nivel de calidad adecuado en la prestación del servicio, pero sin argumentar razones objetivas para justificar esa disminución de calidad.

    Esta obligación choca frontalmente con lo expuesto por parte del Ministerio de Política Territorial y Función Pública en el ámbito de los trabajadores de las Delegaciones/Subdelegaciones del Gobierno, que en las diversas Resoluciones e Instrucciones, (4 de Mayo, 17 de junio y 29 de junio), deja bien claro la priorización del trabajo no presencial para aquellas labores que sea factible ejercer de dicha forma sin menoscabo de su calidad.

    Entre las tareas a realizar en la modalidad de trabajo no presencial en los controles de Sanidad Exterior, están en su mayor parte la tramitación y cierre de expedientes de productos de no origen animal que no requieren medidas especiales de control de identidad/físico, únicamente la revisión documental, para lo que solamente hace falta que el emplead@ tenga el acceso a toda la información requerida, independientemente de si está in situ en la oficina o no, acceso que se ha garantizado informáticamente mediante un acceso directo al perfil del ordenador propio de la oficina, y asegurándose además con diferentes medidas la coordinación de todo el Servicio y con los inspectores que estaban en modalidad presencial, demostrándose que estos controles se pueden realizar en modalidad de teletrabajo sin disminuir la calidad de los mismos respecto a los presenciales.

    Además, la supresión de los controles documentales del trabajo no presencial significaría también un desequilibrio de las tareas realizadas y una sobrecarga del personal presencial, que no está justificada por motivos de calidad del trabajo.

    Dado que la pandemia no está aún controlada y existe un riesgo demostrado frente al Cov-19, CCOO está en desacuerdo con esta obligatoriedad de controles documentales presenciales impuestos en la Instrucción IM/3/2020, por lo que se ha presentado sendos escritos dirigidos al Subdirector General de Sanidad Exterior del Ministerio de Sanidad, y al Director Gral. de la Administración General del Estado en el Territorio del M.P.T y F.P. instando a que se respete la priorización del trabajo no presencial al menos en los términos fijados por el Ministerio de Política Territorial y Función Pública en sus Resoluciones sobre medidas adoptar en el ámbito de las Delegaciones / Subdelegaciones del Gobierno con motivo de la nueva normalidad.

    Documentación asociada
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