FSC-CCOO Sector Administración General del Estado | 9 mayo 2024.

Segunda convocatoria de 2023 del concurso de traslados del Anexo II del IV Convenio Único

    Se convoca concurso de traslados para cubrir los puestos de personal laboral fijo del Anexo II del IV Convenio Único, recogidos en el Anexo de puestos que a este efecto se publica en la página web de la Dirección General de la Función Pública.

    21/12/2023.
    #CAPtraslados en X

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    Resolución de la Dirección General de la Función Pública, por la que se convoca concurso de traslados para la provisión de puestos de trabajo del Anexo II del IV Convenio Único para el personal laboral de la Administración del Estado - Fecha de publicación: 21 de diciembre de 2023

    Adenda a la convocatoria - Fecha de publicación: 21 de diciembre de 2023

    ANEXO DE PUESTOS - Publicación 21 de diciembre de 2023

    Plazo de presentación de solicitudes: del 22 de diciembre de 2023 al 4 de enero de 2024, ambos incluidos.

    Instrucciones para la presentación y desistimiento de solicitudes

    Preguntas frecuentes

    Directorio de contactos Unidades de Personal de Ministerios y Organismos

    Documento informativo de especialidades profesionales y titulaciones

    Respecto a los complementos salariales que figuran en los puestos convocados, se recuerda el contenido de los apartados 1 a 4 de la Disposición Transitoria séptima del IV Convenio colectivo único. Disposiciones sobre complementos:

    1. Los complementos singulares de puesto modalidad A3 asignados a puestos de trabajo ocupados de los grupos profesionales 4 y 5 del III Convenio Único dejarán de percibirse por integrarse su cuantía en el salario base establecido en las tablas salariales incluidas en el anexo II con efectos de 1 de enero de 2019.

    2. Los complementos singulares de puesto modalidad A2 asignados a puestos de trabajo ocupados del grupo profesional 3 del III Convenio Único se continuarán percibiendo mientras el puesto esté ocupado, suprimiéndose cuando el puesto quede vacante.

    3. Los complementos singulares de puesto modalidades A2 y A3 asignados a puestos ocupados no contemplados en los apartados anteriores continuarán percibiéndose mientras el puesto esté ocupado, suprimiéndose cuando el puesto quede vacante.

    4. Los complementos singulares de puesto modalidades AR2, AR3, A/idiomas, B (atención directa al público) y C (manejo de fondos públicos) asignados a puestos ocupados continuarán percibiéndose mientras el puesto esté ocupado, suprimiéndose cuando el puesto quede vacante.

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