FSC-CCOO Sector Administración General del Estado | 7 diciembre 2024.

CCOO, UGT y CSIF hemos alcanzado un acuerdo en materia de prevención en la Seguridad Social

    11/05/2020.
    Reincorporación

    Reincorporación

    En la reunión del Grupo de Trabajo de Prevención de Riesgos Laborales de la Mesa Delegada de la Seguridad Social celebrada ayer 7 de mayo, CSIF, CCOO y UGT hemos alcanzado un acuerdo con el Ministerio sobre las medidas y líneas de actuación en materia de prevención de riesgos laborales de cara a la reincorporación presencial del personal de nuestro ámbito.

    Este acuerdo, que a la presente se adjunta, establece obligaciones y recomendaciones que, de un modo homogéneo, tendrán que incorporarse a los protocolos o planes de actuación que las Entidades Gestoras y los Servicios Comunes elaboren a este efecto.

    Regula la incorporación progresiva del personal, las necesidades del servicio, la situación y necesidades de la plantilla, establece planes y medidas preventivas, tanto para la protección colectiva como para la individual, medidas para evitar aglomeraciones, para la desinfección e higiene, gestión de residuos, medidas específicas para oficinas de Atención al Público, EPIS e información a los trabajadores.

    Finalmente, establece la constitución de una comisión de seguimiento que nos permita verificar el cumplimiento de lo pactado en cada uno de los centros de trabajo, así como dar solución a los posibles incidentes que se puedan suscitar.

    Este acuerdo, como en todos los procesos negociados, no contiene todo lo que hubiera deseado cada una de las partes que lo suscribe, pero sí la mayoría de lo fundamental, desarrollando las medidas comprometidas en la Mesa General de Negociación de la AGE para nuestro ámbito específico de Seguridad Social.

    Es un acuerdo abierto a su revisión, según la evolución de las circunstancias excepcionales que estamos atravesando, por lo que agradeceremos cuanta información se nos facilite en relación a su aplicación, así como las propuestas que aconsejen las experiencias en el trabajo que puedan contribuir a esta nueva manera de vivir que nos impone la pandemia.

    Cuestión fundamental también es qué personal no podrá incorporarse mientras se encuentren en alguna de las siguientes circunstancias, desarrolladas en el propio Acuerdo: Situación de incapacidad temporal por la COVID-19, tener o haber tenido sintomatología reciente relacionada con la COVID-19, haber estado en contacto estrecho con personas afectadas por esta enfermedad.

    Hay que destacar que las empleadas y empleados públicos pertenecientes a los colectivos definidos en cada momento por el Ministerio de Sanidad como grupos vulnerables para la COVID-19 no se incorporarán en las fases 0 y I. Actualmente, y según la Instrucción de la Secretaría General de Función Pública de 22 de abril sobre Medidas y líneas de actuación en materia de prevención de riesgos laborales frente al Covid-19 de cara a la reincorporación presencial del personal: diabetes, enfermedad cardiovascular, incluida la hipertensión, enfermedad pulmonar crónica, inmunodeficiencia, cáncer en fase de tratamiento activo, mujeres embarazadas, mayores de 60 años.

    Este problema, que es de todos, lo vamos a solucionar entre todos juntos.