FSC-CCOO Sector Administración General del Estado | 19 octubre 2024.

Nota informativa urgente de la Dirección General de la Función Pública: Reanudación del cómputo de plazos

    En la página web del Ministerio de Política Territorial y Función Pública se ha publicado la siguiente nota informativa urgente, en relación a los procesos selectivos de acceso a la condición de personal laboral del ámbito del Convenio Único, que habían sido suspendidos ante la situación del estado de alarma.

    20/05/2020.
    Ministerio de Política territorial y Función Pública

    Ministerio de Política territorial y Función Pública

    Para poder seguir garantizando el funcionamiento básico de los servicios públicos, competencia de la Administración General del Estado, se reanuda el cómputo de los plazos previstos para la presentación de documentación que se precise y para la consiguiente adjudicación de plazas, derivados de la ejecución de los procesos selectivos de acceso a la condición de personal laboral del ámbito del Convenio Único, que habían sido suspendidos ante la situación de estado de alarma regulada en los Reales Decretos 463/2020, de 14 de marzo y 465/2020, de 17 de marzo.

    En todo caso, los plazos y las formas previstas para la incorporación del personal a sus puestos de trabajo podrán verse afectados por las medidas reflejadas en el artículo 7 del referido Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, modificado por el Real Decreto 465/2020 de 17 de marzo, en función de la ubicación geográfica de los centros de trabajo y de los posibles desplazamientos que deban realizarse. En estos casos, será el Departamento ministerial, Organismo o Agencia al que se encuentre adscrita la plaza de ingreso, quien informe al trabajador o trabajadora de las excepciones o particularidades aplicables en su caso concreto. Con esta finalidad, los referidos Departamentos, Organismos y Agencias contactarán con los interesados para garantizar la comunicación de los actos o resoluciones administrativas que se adopten.

    Los posibles recursos contra dichas actuaciones y Resoluciones podrán interponerse desde la fecha de publicación o notificación de las mismas hasta que finalice el plazo previsto en cada una de ellas. Este plazo iniciará su cómputo a partir del día siguiente al de la finalización del estado de alarma.

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