FSC-CCOO Sector Administración General del Estado | 7 diciembre 2024.

Medidas a adoptar en los centros dependientes de la Administración del Estado con motivo de la nueva normalidad

Grupo de trabajo de teletrabajo en el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana

    23/09/2021.
    Teletrabajo en la AGE

    Teletrabajo en la AGE

    Ayer, 22 de septiembre, se ha reunido el Grupo de Trabajo de Teletrabajo del MITMA, con el único punto en el orden del día de:

     - “Información sobre la adaptación de la ‘Instrucción de la Subsecretaría del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana por la que se determina el procedimiento para la aplicación de la Resolución del Secretario de Estado de Política Territorial y Función Pública de 17 de junio de 2020 de medidas a adoptar en los centros dependientes de la Administración del Estado con motivo de la nueva normalidad”, a la “Resolución de la Secretaría de Estado de Función Pública sobre la revisión de las medidas frente a la COVID-19 a adoptar en la AGE ante la evolución sanitaria y avance de la vacunación”.

    En dicha reunión, la Administración ha informado que suspende la aplicación el programa de teletrabajo en el MITMA y que aplicará directamente la citada Resolución de la Secretaría de Estado de Función Pública de 15/09/2021, con lo que, en breve, publicarían en la Intranet del MITMA la modificación de la Instrucción del Subsecretario, a partir de la cual, ya sólo se podrá teletrabajar hasta un 20 % de la jornada de trabajo (excepción hecha de colectivos de personas calificadas como especialmente sensibles en la mencionada Resolución de 15/09/2021, que podrán teletrabajar hasta el 100 % de su jornada de trabajo).

    Desde CCOO recordamos que la citada Resolución de la SEFP no fue firmada por ninguno de los sindicatos que tienen representación en la Mesa General de Negociación. Además, mostramos nuestra sorpresa al comprobar que se utilizaba una reunión de un grupo de trabajo para informar de las intenciones del MITMA de aplicar directamente citada Resolución (que te convoquen a una reunión de un grupo de trabajo simplemente para “informar”, choca frontalmente con el concepto universalmente conocido de lo que significa la expresión “grupo de trabajo”).

    CCOO ha recordado que, aunque no estaba totalmente de acuerdo con el programa de teletrabajo existente en el MITMA, no entendía cómo era posible que hasta ahora sí hubiese sido posible compabitilizar este programa con la posibilidad de teletrabajar que establecían las distintas Resoluciones de Función Pública al respecto y a partir de ahora ya no fuese posible, según los representantes del MITMA presentes.

    Finalmente, todos los representantes de los empleados públicos hemos pedido a la Administración la convocatoria de reunión urgente de la Mesa Delegada del MITMA para tratar todas estas cuestiones, de conformidad con lo que prevé la cláusula décima de la citada Resolución de la SEFP de 15/09/2021 , a lo que la Administración nos ha contestado que no tenía previsto hacerlo. Esto ha obligado a la parte social a solicitar por escrito al Subsecretario del MITMA, una convocatoria de reunión urgente de la Mesa Delegada del MITMA, tal y como prevé la normativa vigente.