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TABLA DE COOKIES UTILIZADAS | ||||
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FSC-CCOO Sector Administración General del Estado | 26 septiembre 2023.
REQUISITOS PARA ACCEDER AL TELETRABRAJO
En desarrollo del Acuerdo de la Mesa General de la Administración General del Estado suscrito por CCOO, se ha tratado cuales son los requisitos para acceder al teletrabajo, así como la definición de los puestos “teletrabajables”, para avanzar el trabajo antes de la aprobación del Real Decreto de Teletrabajo.
Siguiendo con el trabajo iniciado hace dos semanas, la Administración ha empezado la reunión comunicándonos verbalmente sus propuestas sobre los requisitos para acceder a teletrabajo:
· Servicio activo de 12 meses en la Agencia Tributaria
· Haber prestado servicios durante 12 meses en el puesto de trabajo salvo que se estuviera en un puesto que tuviera un contenido similar o se dieran circunstancias excepcionales.
· Disponer de autorización del superior jerárquico
· Imposibilidad de acceder a teletrabajo si se tiene compatibilidad con actividad privada
· Manifestación del empleado de disponer de un espacio adecuado, con cumplimiento de la normativa de prevención de riesgos laborales
· Que el empleado tenga las suficientes habilidades digitales
· Disposición de un equipo informático adecuado
· Superar los cursos de formación y prevención de riesgos
· Percibir cantidades de productividad superiores al 50% de la media de puestos similares.
CCOO ha manifestado expresamente que no puede exigirse como requisito de acceso el criterio de productividad pues supone, como ya sabéis, un alto grado de arbitrariedad sin que los empleados tengan conocimiento de qué objetivos tienen que realizar ni de su evaluación. Asimismo, hemos manifestado nuestro rechazo a la exigencia de 12 meses en un puesto de trabajo cuando actualmente se ha concedido teletrabajo a personal de nuevo ingreso sin exigencia de tiempo alguno.
En cuanto a la definición de los puestos “teletrabajables” la Administración se ha limitado a comunicarnos que están diseñando una herramienta informática para determinar qué puestos son susceptibles de teletrabajo, basándose en criterios tales como la digitalización, la autonomía y el cumplimiento de objetivos. CCOO ha demandado información sobre dichos criterios y su aplicación y reclamando que la mayoría de los puestos de trabajo son susceptibles de teletrabajo y, los que no lo sean, deben organizarse por turnos rotatorios, comprometiéndose la Administración a entregarnos documentación escrita para la próxima reunión, al igual que a entregarnos el protocolo de desconexión digital.
Por último, y en relación con los medios informáticos, la Administración nos ha informado de que se han comprado 12.000 portátiles con su mochila y ratón. La idea es que, cuando se esté en la oficina, dicho portátil se conecte a una pantalla (de mínimo 23 pulgadas). CCOO, para que se efectúe una mejor prevención de riesgos laborales, ha solicitado que se suministren a los empleados que teletrabajen aquellas pantallas que se descarten, dado que los portátiles están pensados para desempeñar trabajos esporádicos, no para una jornada entera.
Estos 12.000 portátiles se van a empezar a repartir con criterios de obsolescencia de los equipos actuales y de seguridad (autorizadores, Clave, etc), debiendo estar entregados antes del verano.