FSC-CCOO Sector Administración General del Estado | 7 diciembre 2024.

LA AEAT VUELVE A PONERSE DE PERFIL A LA HORA DE PROTEGER LA SALUD DE SU PERSONAL EN LOS TRABAJOS FUERA DE LOS CENTROS DURANTE ESTA OLA DE CALOR

  • #EsencialEnLaAeat

28/06/2023. Sección Estatal CCOO AEAT
ola calor

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El reciente Real Decreto-Ley 4/2023 ha introducido novedades en la normativa de prevención de riesgos laborales reforzando la obligación del empresario de frente a los riesgos provocados por condiciones ambientales en episodios de elevadas temperaturas mientras se realiza trabajos al aire libre o en espacios que no puedan cerrase. En concreto, la nueva disposición adicional única del Real Decreto 486/1997 sobre disposiciones mínimas de seguridad en los lugares de trabajo obliga al empleador a tomar medidas adecuadas para la protección de las personas trabajadoras frente a cualquier riesgo relacionado con fenómenos meteorológicos adversos, incluyendo temperaturas extremas.

Y ha llegado la ola de calor, y una vez más, la AEAT sólo se acuerda de Santa Bárbara cuando truena. Pero ni siquiera se acuerda demasiado, porque ha sido el Servicio de Prevención de la AEAT quien ha colgado en la intranet (https://portal.www.aeat/static_files/AEAT_Intranet/RRHH/informacion_gral/Prevencion_riesgos_laborales/Informaciones_preventivas/RIESGOS_AIRE_LIBRE.pdf) unas Instrucciones que en realidad son meras recomendaciones de autoayuda durante el trabajo al aire libre en episodios de calor extremo (hidratarse, ponerse a la sombra, usar protección, etc.).

El Servicio de Prevención y la AEAT conoce perfectamente las tareas que implican este riesgo (se relacionan en la propia Instrucción). Pero como en el Departamento de RRHH son conscientes de su escasa fuerza en las decisiones de la AEAT sobre la organización y condiciones de trabajo, no le queda otra al propio Servicio de Prevención de la AEAT que buscar una salida poco comprometedora, y acaba indicando, en esas mismas "Instrucciones", que no se puede ir más allá hasta que no se evalúen los puestos de trabajo afectados, sabiendo que evaluar el riesgo del trabajo en condiciones que no se pueden conocer a priori y que pueden ser distintas en cada actuación, es una tarea casi imposible, y por tanto, irrealizable.

Por eso, le exigimos a la AEAT que se deje de medidas dilatorias y adopte decisiones concretas y efectivas para proteger la salud de su personal en las tareas fuera del centro de trabajo en condiciones de calor (o frío, o viento) extremo. Que tome como referencia los niveles de riesgo que publica la AEMET, pero que decida algo efectivo ante olas de calor como la presente, como suspender temporalmente las campañas en vigor de la Inspección o de Recaudación que implican salidas del centro, o el establecimiento de más turnos rotatorios y una mayor selección de las operaciones en los trabajos operativos de Vigilancia Aduanera.

Por último queremos recordarle a todo el personal que, tanto la Ley de Prevención de Riesgos Laborales como en el Estatuto de los Trabajadores, permite a los trabajadores/as negarse a trabajar en las tareas ordenadas que implican un "riesgo grave" para la salud del trabajador/a, y a los trabajadores/as o a sus representantes suspender unilateralmente el trabajo en las tareas que implican un "riesgo grave e inminente" para la seguridad o la salud de los trabajadores/as. Que la AEAT no haga nada para prevenir estos riesgos, perfectamente conocidos por ella, justificaría plenamente esta negativa o esta suspensión.

Para cualquier duda, o más información, o cualquier gestión ante la propia Jefatura ya sabéis que, como siempre, podéis contar la Sección Sindical provincial o Estatal, de CCOO. 

Documentación asociada
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