FSC-CCOO Sector Administración General del Estado | 27 septiembre 2024.

Reunión Grupo de Trabajo Concurso de Traslados

    07/04/2017.
    Concurso de Traslados

    Concurso de Traslados

    Ayer, día 6 de abril, se reunió de nuevo el Grupo de trabajo de Traslados para seguir avanzando con vistas a la convocatoria de un concurso de traslados de Personal Laboral en 2017, y lo antes posible.

    La Administración envió un borrador de bases del concurso, en lo esencial las mismas que en los dos concursos anteriores (2015 y 2016), pero introduciendo las modificaciones que se habían apuntado en la reunión del mes pasado y alguna más referida a actualización normativa. Estas modificaciones son, básicamente, las referidas a:

    - Trabajadores y trabajadoras que ocupan un puesto en forma provisional tras reingreso y están obligados a solicitar en concurso al menos la plaza que ocupan, si no lo hacen o si una vez solicitada renuncian a ella antes de la resolución del concurso, se les adjudicará puesto vacante de igual categoría donde la Administración determine (ámbito geográfico y funcional).

    - Posibilidad de limitar la participación en concurso a personal laboral fijo de nuevo ingreso: se propone que puedan hacerlo cuando hayan transcurrido 2 años de la superación del proceso por el que entraron. Esto haría que no se viera relegado y perjudicado, una vez más, el personal fijo discontinuo y a tiempo parcial, que si no se incluye esta limitación quedaría “el último de la fila” de también tras personal que acaba de ingresar en la Administración. Para la Administración, es una cuestión además de gestión: si puede trasladarse alguien que se acaba de incorporar a un puesto de necesaria cobertura, puede quedarse con ese puesto de nuevo vacante.

    Aun teniendo en cuenta estos aspectos, CCOO hemos de pensar nuestra posición al respecto, pues quizá no sea adecuado introducir una limitación que no contempla el Convenio actual, si bien sería importante tenerlo en cuenta para el convenio que estamos negociando.

    - Se matizan aspectos en el supuesto de solicitudes condicionadas por motivos de convivencia familiar.

    - Se incluye expresamente en las bases lo que ya se venía haciendo en la práctica: en caso de trabajadores a tiempo parcial o fijos discontinuos, en la valoración de méritos se computaran proporcionalmente los servicios efectivos prestados.

    - En casos de conciliación por cuidado de un menor, se podrá requerir certificado de empadronamiento y/o escolaridad.

    - En lo relacionado a la adjudicación de puestos se aclara que “los destinos adjudicados serán irrenunciables, salvo que antes de finalizar el plazo de incorporación se hubiese obtenido otro destino por convocatoria pública, en cuyo caso el trabajador deberá comunicarlo por escrito…”

    - Se incorpora lo establecido en nueva Ley de Procedimiento Administrativo sobre recursos tras resolución de concurso.

    Salvo en el caso de la limitación para personal de nuevo ingreso, en que CCOO aún hemos de pronunciarnos, los demás cambios han sido consensuados y parecen razonables.

    En cuanto al papel que se da a la Comisión de Valoración del concurso, que fue “ninguneada” en los concursos anteriores, no vale la “buena disposición” por la Administración de subsanar este reconocido mal funcionamiento, negando la participación activa a la parte social: queremos que consten explícitamente sus funciones y forma de comunicación y/o reuniones en las bases del concurso 2017. Se propondrá una nueva redacción de la base correspondiente.

    Y el punto central de toda esta cuestión: número de plazas que se podrían convocar en este concurso. La Administración informa de que, realizadas las consultas pertinentes a los departamentos ministeriales, resulta un total de unos 660 puestos ocupados temporalmente en adscripción temporal o provisional por reingreso (art. 32.4 y 57 del CU) a fecha 31 de enero de este año que deberán convocarse. A ellos se tienen que unir los puestos vacantes con complementos atribuidos temporalmente, que CCOO siempre hemos insistido en incluir en concurso en cumplimiento de lo que establece el CU (disposición adicional 11ª), los ocupados temporalmente por movilidades funcionales, etc., “sin descartar” (en palabras literales de la Administración) la convocatoria de vacantes puras que los departamentos consideren de necesaria cobertura.

    Los datos sobre estos últimos casos aún no están disponibles, porque aún se están llevando a las Subcomisiones departamentales. Destacamos, por tanto, que se han de pedir datos en las Subcomisiones y exigir en ellas que se solicite convocar plazas vacantes, además de aquellas a que obliga el Convenio. ¡Qué no nos engañen!

    Por último, ante el previsible elevado número de plazas que se tendrá que convocar, la Administración advierte de la posible necesidad de partir (de nuevo) el concurso ante la imposibilidad de gestionar un concurso muy grande. En cualquier caso, para CCOO este concurso 2017 tiene que convocarse, con las plazas que deben sacarse, incluidas vacantes, y lo antes y lo mejor posible en su gestión.

    Documentación asociada
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