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Subcomisión Delegada de la CIVEA en el CSIC

    10/10/2017.
    Orden del Día de la Subcomisión

    Orden del Día de la Subcomisión

    El Orden del Día de la Subcomisión fue el siguiente:

    1º.- Aprobación y firma del Acta 3/2017 de la reunión de fecha 12 de junio de 2017.

    2º.- Reglamento de la Subcomisión Delegada de la CIVEA en el ámbito de la Agencia Estatal CSIC.

    3º.- Criterios de aplicación en el reparto Productividad de Masa.

    4º.- Informe horas extras a 31 de agosto de 2017.

    5º.- Modificaciones de RPT:

    · Expediente 0011/2017D, código de puesto 4907006, (traslado de vacante del Instituto Cajal a SGARH), Solicitud reincorporación en virtud del Art. 53 del CU.

    · Expediente 171709, código de puesto 5141288. Supresión de puesto por la CECIR, conforme al artículo 9.2 del III CU.

    · Expediente 0012/2017D: Traslado del puesto vacante 4908235 de la SGARH al Centro de Automática y Robótica (Arganda). Movilidad Artc.64.2 del CU.

    · Expediente 0013/2017D: Traslado puesto vacante 4907864 en Organización Central-Servicios Periféricos (Sevilla) al Instituto de Investigaciones Marinas de Andalucía (Cádiz).Movilidad Art.64.2 del CU.

    · Expediente 0014/2017 C: Solicitud a la CIVEA modificación AF, trabajadora del GP5 de la URICI.

    · Expediente 0015/2017 C: Solicitud a la CIVEA modificación AF, Trabajadora de GP1, Editorial CSIC.

    6º.- Solicitud trabajos Superior Categoría (Artículo 22.1 del CU):

    · Dos trabajadores del IRNAS: GP4 al GP3 y GP5 al GP4. Vacantes reservadas OEP 2016 Promoción Interna.

    · Tres trabajadores del INCAR: GP5 al GP4 (por periodos cuatrimestrales). Vacantes publicadas en PI año 2015 sin candidatos.

    7º.- Solicitud Traslados: Personal Laboral Indefinido no fijo, de EEZ a Armilla.

    8º.- Otros asuntos de personal:

    8.1.- Estabilización de empleo temporal en el CSIC.

    8.2.- Aplicación subida salarial contratos de Garantía Juvenil.

    8.3.- Informe de la inspección de trabajo en el Centro Nacional de Biotecnología de Madrid.

    8.4.- Cambios en los grupos de cotización de la Seguridad Social.

    9º.- Ruegos, comentarios y preguntas.

    Antes de comenzar la reunión, el SGRH y Presidente de la Subcomisión responde a una pregunta planteada por CCOO en la anterior subcomisión y que no pudo ser respondida por, entre otras cosas, falta de tiempo. Se pedía que se aclarase que quería decir el concepto “Jornada Intensiva Excepcional” que aparece en la Intranet. La Administración aclara que se refiere a las jornadas especiales que se conceden para el cuidado de hijos y personas enfermas.

    1º.- Aprobación y firma del Acta 3/2017 de la reunión de fecha 12 de junio de 2017.

    Antes de pasar a la firma, CCOO informa que no se han incluido algunas de las modificaciones que desde esta central sindical se han aportado. El SGRH pregunta si se han hecho en tiempo y forma a lo que se le responde que sí. Se revisa y se rehace el acta sobre la marcha, firmándose más tarde sin ninguna objeción por las partes.

    2º.- Reglamento de la Subcomisión Delegada de la CIVEA en el ámbito de la Agencia Estatal CSIC.

    La Administración intenta firmar el reglamento de la subcomisión aduciendo que no se le han remitido modificaciones. CCOO alega que dicho reglamento es lo suficientemente importante para que sea debatido previamente en el Pleno y expone algunos puntos que ya se habían enviado a la anterior propuesta y que ahora no aparecen. CCOO entiende que todas las propuestas, vengan de donde vengan, deben ser conocidas y debatidas en el pleno. No aceptamos que un reglamento se convierta en diálogos entre dos partes (administración y cada una de las centrales sindicales por separado) sin conocimiento de lo que dicen las restantes. Nos sorprenden con cambios unilaterales que no se habían tratado en anteriores reuniones.

    Se procede a ir viendo las modificaciones punto por punto sin llegar a acuerdo en varios puntos.

    CCOO remitirá sus enmiendas al texto presentado por la Administración, aunque en los términos que se plantean vemos difícil poder alcanzar acuerdo alguno.

    CCOO reitera que un cambio en el reglamento de la Subcomisión (ahora este órgano se rige por el reglamento superior de CIVEA) debe contar con la unanimidad de las partes para ser aprobado.

    CCOO llama la atención sobre una situación que podría tener consecuencias sobre el trabajo de la Subcomisión. La central sindical vasca ELA forma parte, aunque no participa, de esta subcomisión. Por parte de la administración se asegura que harán lo posible para contactar con ellos y convocarles pero dudan de que asistan.

    3º.- Criterios de aplicación en el reparto Productividad de Masa

    La Administración informa que el criterio para el reparto de Productividad que procede de la masa salarial del personal laboral de capítulo 1 (28.000€) será el mismo que el seguido en el año anterior: Se repartirá linealmente entre los GP5 (ordenanzas y similares) que no hayan percibido productividad del 18.2, con excepción del c1.

    La totalidad de la parte social está de acuerdo.

    4º.- Informe horas extras a 31 de agosto de 2017.

    La administración, con anterioridad a la reunión, envío un documento con las horas extras realizadas tanto las retribuidas como las compensadas. Las horas totales abonadas han sido 696 distribuidas en nueve centros y 450 compensadas con días de descanso en dos centros.

    Se pregunta por las horas compensadas. La administración reconoce que no todas las horas se deben estar comunicando y presupone que se pueden estar produciendo acuerdos entre los trabajadores y sus gerentes. En cualquier caso nos pide que se les informe de cualquier irregularidad. La parte social indica que se debe comunicar a los centros la obligatoriedad de informar de estas.

    5º.- Modificaciones de RPT:

    La Administración informa de las diferentes propuestas de modificación de la Relación de Puestos de Trabajo (RPT) del personal laboral del CSIC:

    Expediente 0011/2017D, CCOO critica que se traslada un puesto vacante GP3 AF1 del Instituto Cajal a la Secretaría General en la Organización Central, pero el complemento A3 que tenía ese puesto se le asigna a otro puesto en el CCHS que ya tenía complemento y que se encuentra vacante. Ese puesto ya contaba con un complemento B de 903€ y se le suma el A3 de 594€, total 1498 €. ¿Por qué se complementa esa vacante que ya tenía complemento?, todo indica que se está preparando un puesto hipercomplementado para atender alguna circunstancia no explicada. Entendemos que ese puesto debe ir con su complemento a su nuevo destino. Tras varias intervenciones de los miembros de la administración, seguimos sin tener claro que criterios objetivos se han aplicado para este cambio. En este punto se eleva la tensión produciéndose algunas manifestaciones desafortunadas.

    CCOO no está de acuerdo con este expediente, por las razones explicadas.

    Expediente 171707 y código puesto 5141288: hecho por la Comisión Ejecutiva de la Comisión Interministerial de Retribuciones (CECIR) por la cual suprimen y amortizan un puesto asignado a un indefinido no fijo por sentencia , en adelante INFS.

    CCOO no está de acuerdo ya que los puestos INF son puestos que se crean mediante sentencia judicial entendiendo que tienen un carácter estructural, forman parte de la infraestructura del CSIC, por tanto, y son puestos de la plantilla permanente. Entendemos que con la escasez de personal todos los puestos deben defenderse. Además el expediente es de junio y tendría que haberse visto antes. Se pide que se eleve el caso a la CIVEA.

    La Administración dice que esos puestos se creaban con la clave 007 (puestos a extinguir) y 015 (indefinido por sentencia) que como el trabajador INFS se ha ido el puesto desaparece. Además que es algo que ha hecho la CECIR y que ellos únicamente nos lo comunican.

    CCOO expresará por escrito estas alegaciones para que se adjunten al acta.

    Expediente 0012/2017D: Reubicación por motivos familiares de un puesto de trabajo del GP4 AF1 dentro de la provincia. Es aprobado.

    Expediente 0013/2017D: La administración informa de un cambio de puesto a petición del trabajador por razones familiares después de un proceso de reincorporación. La trabajadora ocupa en su destino actual un GP3 y se le oferta uno menor, GP4, pero está de acuerdo. La parte social indica que se la tendría que haber ofertado el mismo grupo profesional de origen pero la Administración informa que en el destino no había disponible vacante de ese grupo. Es aprobado.

    Expediente 0014/2017C: Solicitud a la CIVEA del cambio de Área Funcional de la 2 a la 1 de un puesto de trabajo del GP5 por entender que las funciones se ajustan a ese AF. Es aprobado.

    Expediente 0015/2017C: Solicitud a la CIVEA del cambio de Área Funcional de la 2 a la 1 de un puesto de trabajo del GP1 por entender que las funciones se ajustan a ese AF. Es aprobado.

    En la misma reunión se nos entregan otros tres expedientes de modificación de la RPT:

    Expediente 0016/2017D: Informan que se suprimen complementos transitorios CT2 de tres puestos del GP3 AF2 por causa de jubilación. Estos complementos son personales.

    Expediente 0017/2017C: Informan que debido a una jubilación se suprime el complemento de unificación de convenio (complemento singular A2) de un puesto del GP3 AF1. Es un complemento personal.

    Expediente 0018/2017D: Corresponde a un puesto del GP3 AF2 se solicita que figure la especialidad de animalario 006, que se necesita trabajar con animales, porque el puesto va a salir a concurso de traslados y debe figurar. Está ocupado en adscripción temporal. Es aprobado.

    6º.- Solicitud trabajos Superior Categoría (Artículo 22.1 del CU)

    Antes de empezar a tratarlo CCOO indica que no se ha recibido documentación de este, ni del punto 7. El resto de la parte social indica lo mismo.

    La administración se extraña y dice que la próxima vez que pase esto que se lo pidamos antes de la reunión.

    Las peticiones de solicitud de trabajos de superior categoría que nos presentan proceden de:

    Dos trabajadores del IRNAS: GP4 al GP3 y GP5 al GP4. Vacantes reservadas OEP 2016 Promoción Interna.

    Tres trabajadores del INCAR: GP5 al GP4 (por periodos cuatrimestrales). Vacantes publicadas en PI año 2015 sin candidatos.

    La administración dice que se continúa con el método que se está aplicando para concederlas que si hay vacantes del grupo superior en el centro se concede, con el visto bueno del director.

    Se inicia el debate de otras subcomisiones en el que UGT defiende que las vacantes no son del centro y que se deben tener en cuenta los centros donde no hay este pero si se están realizando trabajos de superior categoría. UGT y CCOO coinciden en que este sistema produce situaciones discriminatorias hacia los centros más pequeños o uniprovinciales y pide que se busquen alternativas para ellos.

    Por parte de la administración se reiteran en que se está haciendo lo que dice la CIVEA.

    Desde CCOO entendemos que eso no es lo que regula el Convenio Único (CU) reconocemos los perjuicios y discriminación que se pueden estar dando en algunos centros con otros por lo que insistimos en la necesidad de buscar soluciones y se debería dar cobertura a estas situaciones con las vacantes existentes en el conjunto de la RPT. Planteamos si el trabajador puede negarse a le desempeño de estas funciones si no le son reconocidas. La administración amenaza con no aprobar este punto en concreto y retirarlo. UGT y CIG se manifiestan en el mismo sentido, CSIF coincide con el planteamiento de la administración.

    Finalmente, después de un áspero debate, son aprobadas las propuestas.

    7º.- Solicitud Traslados: Personal Laboral Indefinido No Fijo, de EEZ a Armilla.

    Solicitud de traslado. La administración no tiene claro que se pueda realizar por tratarse de un INF. Es por una cuestión técnica. La plaza reconocida por la sentencia es muy específica lo que limita su traslado. De todos modos se realizará una consulta a los SS.JJ. del CSIC para ver si existe la viabilidad.

    8º.- Otros asuntos de personal:

    8.1 Estabilización de empleo temporal en el CSIC. Incluido a propuesta de CCOO.

    Según la administración, el CSIC no está incluido en los supuestos indicados en los acuerdos de estabilidad de empleo. Interpretan que se refiere a personal docente investigador del ámbito de la Universidad. De todos modos han recibido una petición de información del MINEICO para conocer el número de puestos susceptibles de consolidar. Los puestos son: 315 INF, 20 Interinos por vacante y 6 funcionarios Interinos, que estaban en esa situación a 31 de diciembre de 2016. CCOO pregunta qué papel juegan en este proceso los Fuera de Convenio. La administración dice que se han incluido.

    CCOO solicita que se constituya un grupo de trabajo sobre empleo para poder ir trabajando, dado que los colectivos a incluir en una posible consolidación de empleo deben ser más amplios; en esta línea se está trabajando desde CCOO y parece que se pueden producir avances sobre la propuesta inicial pero la administración en tanto en cuanto no reciba más instrucciones desde Función Pública no da el visto bueno para formar el grupo de trabajo.

    8.2- Aplicación subida salarial del 1% a contratos de Garantía Juvenil.

    Incluido a propuesta de CCOO. La administración dice que la financiación de dichos contratos es vía subvenciones por lo que el dinero es fijo y no puede incrementarse salvo en determinados casos. Estos son los que tienen asignado unas retribuciones del 60 % o del 75 % del mismo grupo profesional del CU. Al aplicar la subida, se quedaron por debajo, por lo que a estos sí se les aplicó la subida, no a los que perciben por encima de esas cantidades.

    8.3.- Informe de la inspección de trabajo en el Centro Nacional de Biotecnología de Madrid.

    Incluido a propuesta de CCOO. No hay novedades sobre la visita de la Inspección de trabajo al CNB. Todo indica que la inspección de trabajo se movilizó por una supuesta obligatoriedad que se pudo establecer para trabajar en fin de semana. CCOO recuerda que los horarios y jornadas laborales deben ser respetados y que no se puede imponer a nadie que acuda a trabajar fuera de estos horarios sin causa que lo justifique y siguiendo los trámites adecuados para ello; instamos a los trabajadores a que nos hagan saber cualquier irregularidad o presión que se pueda producir en este sentido.

    8.4.- Cambios en los grupos de cotización de la Seguridad Social.

    Incluido a propuesta de CCOO. La administración no conoce que se estén produciendo estos cambios. Que los criterios los pone la seguridad Social y ellos no pueden cambiar nada. Sin embargo desde CCOO se insiste y se ponen algunos ejemplos, los cambios son del grupo de cotización que no de la base de cotización que es correcta. La administración plantea la posibilidad de que sean los gerentes quienes estén propiciando estos cambios. Desde la SGRH se pide que los trabajadores que puedan verse afectados lo comuniquen para así poder aclararlo.

    9º.- Ruegos, comentarios y preguntas.

    UGT pregunta si los INF pueden pedir excedencias. Responden que por cuidado de hijos, si. Pero si la plaza sale a concurso, deben presentarse.

    CCOO pide que se traslade el acuerdo de la CIVEA de 15 de febrero en el que se solicita se de la máxima publicidad a la interpretación del concepto de localidad para los permisos por enfermedad o fallecimiento. Según ha dejado claro ya definitivamente la CIVEA la localidad es la de residencia del trabajador, no la del centro de trabajo. La administración toma nota y lo comunicará.

    CCOO pregunta por la situación de la Escuela infantil y si hemos obtenido contestación del escrito que se remitió a CIVEA hace un año, donde se solicitaba la reclasificación de los GP4 al GP3, como sistemáticamente les está reconociendo los tribunales. La administración dice que no hay cambios y que la CECIR bloquea varias propuestas pue son admite incrementos de costes de personal.

    CCOO solicita que se vuelva a enviar escrito solicitando información y en qué situación quedan. También que se incluya en la siguiente reunión de Subcomisión como punto del orden del día la problemática de la Escuela Infantil.

    CSIF pregunta si los moscosos no disfrutados por causa de baja laboral por IT se pierden o pueden disfrutarse más tarde como las vacaciones. Responden que no, se pierden.

    Documentación asociada
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