FSC-CCOO Sector Administración General del Estado | 21 noviembre 2024.

Permisos: Cese y toma de posesión

    Promoción interna–Personal funcionario y personal laboral.

    26/03/2018.

    El pasado 12 de marzo se publicaba, vía Boletín Oficial del Estado, la Resolución de la Secretaría de Estado de Función Pública por la que se nombran funcionarios de carrera, por el sistema de promoción interna, para personal funcionario y personal laboral fijo del Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado.

    En este sentido, y en cuanto a los plazos de cese y toma de posesión así como los permisos a este respecto, la Comisión Superior de Personal que ratifica el criterio de aplicación de la Disposición Adicional 5º del Reglamento General de ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado y de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios civiles de la Administración General del Estado en el Real Decreto 364/1995 es muy clara:

    “La Disposición Adicional Quinta del Reglamento General de Ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y PromociónProfesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, aprobado por Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, dispone que los funcionarios de carrera en servicio activo o situación asimilada que accedan a un nuevo Cuerpo o Escala tendrán derecho, a partir de la toma de posesión, a un permiso retribuido de tres días hábiles si eldestino no implica cambio de residencia del funcionario y de un mes si lo comporta…”

    Y añade:

    “La Comisión Superior de Personal, en Acuerdo de 13 de julio de 1995, informó que este permiso tiene por objeto que todo el personal que se encuentra prestando servicios en la Administración, y accede a un Cuerpo o Escala por promoción interna o por turno libre, disfrute de un periodo retribuido para incorporarse a su nuevo puesto de trabajo…”

    A pesar de la interpretación inequívoca del texto, desde la Subdirección de Recursos Humanos del Ministerio del Interior se ha estado poniendo todo tipo de trabas para que los trabajadores pudieran disfrutar de este permiso. Ante la insistencia de CCOO la Subdirección de RRHH lo único que ha hecho es dar largas y no respuestas a nuestra demanda, alegando que la subdirectora ha estado en diferentes reuniones desde la semana pasada. En CCOO esperamos que, ya que somos conocedores de la “apretada” agenda de reuniones de la subdirectora, para futuras ocasiones desde la Subdirección se impulsen las gestiones necesarias para solventar los conflictos pertenecientes a sus competencias.