FSC-CCOO Sector Administración General del Estado | 24 noviembre 2024.

Mesa General de Negociación de la Administración General del Estado

Enorme avance en lo referido a la movilidad del personal funcionario

    Mesa General de Negociación de la Administración General del Estado

    10/10/2018.
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    Nota informativa MGNAGE

    Nota informativa MGNAGE

    Tres años después de la propuesta impulsada por CCOO, estamos cerca de alcanzar un acuerdo sobre la movilidad del personal funcionario en la Administración General del Estado. Un acuerdo que establece unos criterios generales encaminados a ordenar la tramitación de los procedimientos de movilidad y a homogeneizar la ejecución de los procesos de provisión de puestos.

    Se promoverá la convocatoria mínima anual de un concurso general y otro específico -entendiendo en este último los puestos con nivel de complemento de destino superior al 22, entre otros-, incluyendo todos los puestos con ocupación provisional que resulten de necesaria cobertura -aspecto que entendemos inherente a su provisionalidad- y en los plazos, términos y condiciones recogidos en el Real Decreto 364/1995 -un año para comisiones de servicios y adscripciones provisionales-. A esto se sumaría la convocatoria anual de un concurso unitario, basado primordialmente en la valoración de antigüedad y conciliación. Se plantea, además, el desarrollo de unas bases comunes, con el fin de impulsar la tramitación previa de las mismas y sus anexos de vacantes.

    No se recoge, sin embargo, referencia a los criterios planteados por la propia Dirección General de la Función Pública en lo referente a la publicación de resultas en los concursos de traslados, que CCOO consideramos que vendría a fomentar la movilidad y mejorar la gestión de los recursos humanos.

    En la valoración de los méritos se partirá de un criterio general de graduación en función del tiempo de trabajo desarrollado, adecuando las certificaciones a modelos normalizados. Sí echamos en falta la valoración y ponderación de un mayor periodo de tiempo de trabajo en lo referido a los méritos específicos. Como CCOO exigimos, se recoge una mención expresa al artículo 57 de la Ley Orgánica 3/2007, para la igualdad efectiva, en lo referente al cómputo del tiempo de permisos y licencias relacionados con la maternidad, paternidad y conciliación como tiempo de trabajo efectivo.

    La formación se adecuará a la especialización requerida para el puesto, podrá ser graduada en función de su duración y se podrá limitar según la obsolescencia de su contenido. De manera adicional, se impulsa la valoración de la formación transversal, siempre que se incluya para todos los puestos ofertados.

    Los supuestos de conciliación quedan matizados, de manera que se garantice su eficacia para compatibilizar la vida laboral, personal y familiar, y no se conviertan en herramienta para sustituir de la carrera profesional. De especial importancia es la valoración adicional de la discapacidad de descendientes o familiares, así como la condición de familias monoparentales y numerosas.

    Se garantiza la publicidad suficiente de los plazos de alegaciones, renuncias y desistimientos, así como de la constitución de las comisiones de valoración y la publicación de listados provisionales de valoración.

    En cuanto a las limitaciones a la participación, se flexibilizan las existentes estableciendo un marco temporal, que se revisará anualmente en la comisión de seguimiento. Evidentemente la posición de CCOO es clara: lo que procede es su supresión, pero entendemos que hay un avance en este sentido para el personal que presta servicio en estos ámbitos.

    De especial importancia es el compromiso exigido por CCOO de facilitar los datos de ocupación provisional, herramienta que nos permitirá comprobar su adecuado uso y, especialmente, evaluar si los concursos de traslados y estos criterios comunes vienen al resolver el problema de la alta provisionalidad en la AGE.

    Finalmente, se impulsará la movilidad interadministrativa y se redactarán nuevos criterios para los traslados por motivos de salud, que se revisarán en la Comisión de seguimiento del acuerdo.

    Un acuerdo que, evidentemente, no responde a todas las demandas de CCOO, pero que supone un enorme avance en lo referido a la movilidad del personal funcionario. Por primera vez nos dotamos de unos criterios generales comunes que van a permitir homogeneizar, en la medida de lo posible, las bases de los concursos de traslados y que, sobre todo, van a contribuir a garantizar los derechos de las funcionarias y los funcionarios.