FSC-CCOO Sector Administración General del Estado | 3 diciembre 2024.

CCOO y UGT exigen una clasificación sin exclusiones en el IV Convenio Único

    18/02/2019.
    Capítulo IV del Convenio Único de personal laboral

    Capítulo IV del Convenio Único de personal laboral

    La integración en la nueva clasificación del personal laboral que realiza tareas que la Ley reserva al personal funcionario es uno de los escollos más importantes que impiden el cierre de un acuerdo en esta materia.

    En ese sentido, CCOO y UGT hemos planteado a la Administración como condición “sine qua non” que estos trabajadores y trabajadoras no sufran discriminación retributiva alguna con respecto a quienes, en estos momentos, están integrados en los mismos grupos profesionales. En consecuencia, no consentiremos que haya ningún tipo de fraccionamiento en los actuales grupos profesionales.

    Asimismo, deberán mantener intactos sus derechos de promoción y movilidad tal y como están establecidos en el III Convenio.

    Por otro lado, para el personal laboral fijo que desempeñe puestos de trabajo en los que el contenido de la prestación laboral se corresponda con funciones o actividades desempeñadas por personal funcionario de carrera, se deberán promover procesos de promoción interna a los Cuerpos o Escalas que tengan asignadas tales funciones. El sistema selectivo deberá ser en convocatoria independiente y restringida. Además, deberán establecerse garantías de localidad y retributivas para el personal que supere estos procesos selectivos.

    Por último, con respecto a los puestos encuadrados en especialidades no coincidentes en la actualidad con títulos de Formación Profesional, UGT y CCOO exigimos que siga abierta la posibilidad de un encuadramiento posterior cuando se encuentre alguna solución a la imposibilidad de encuadramiento con el resto de su actual grupo profesional.

    En conclusión, CCOO y UGTesperanque a la mayor brevedad, dada la coyuntura actual, la Administración presente una propuesta de integración definitiva en la nueva Clasificación que contemple estas premisas, para poder allanar el camino hacia un acuerdo definitivo para que el IV CU del Personal Laboral de la AGE vea la luz.

    En otro orden de cosas, y dada la premura de tiempo, será imposible revisar el sistema retributivo complementario. Por ello, UGT y CCOO hemos planteado la creación de una Comisión para el estudio, análisis y en su caso ordenación y redefinición de los complementos de puesto de trabajo de tal manera que se establezcan de manera homogénea, objetiva y completa de forma que no generen agravios entre el personal de distintos centros y departamentos. Esta comisión o grupo de trabajo deberá desarrollar su labor a lo largo de 2019 y contar para su aplicación con fondos adicionales de 2020. Deberá realizar además un estudio sobre la posible implementación de la carrera horizontal para el personal laboral en paralelo al desarrollo del artículo 17 del EBEP.

    Documentación asociada
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