FSC-CCOO Sector Administración General del Estado | 22 diciembre 2024.

Plan para la transición hacia una nueva normalidad (desescalada)

  • Sección Sindical Estatal de la Seguridad Social

22/05/2020.

FASES DE DESESCALADA

FASE I

· Que la Comunidad Autónoma o zona geográfica en la que esté ubicado el centro de trabajo se encuentre en la Fase I del “Plan para la transición hacia una nueva normalidad” (desescalada) de acuerdo con la calificación que se vaya realizando por el Gobierno.

· Que se dispongan en el ámbito de cada Dirección Provincial de las medidas sanitarias necesarias para la protección del personal.

· La fecha de inicio de la reincorporación se fijará por cada Dirección Provincial en el momento que se cumplan las condiciones anteriores.

· Se realizarán turnos semanales.

· En cada turno se incorporara entre el 20 y el 50% de la plantilla.

· La jornada laboral diaria en la modalidad presencial será de 6 horas en turno exclusivo de mañana con flexibilidad en la entrada entre las 8:00 y las 9:00 y en la salida entre las 14:00 y las 15:00 para evitar aglomeraciones de personal.

· Las Direcciones Provinciales distribuirán los turnos para que las distintas unidades queden cubiertas para abordar, ante todo, las tareas principales y esenciales e ir retomando la normalidad en la prestación del servicio.

· Se deberá priorizar la prestación de trabajo en modalidades no presenciales para las empleadas y empleados públicos que tengan a su cargo personas menores o mayores dependientes y se vean afectadas por el cierre de centros educativos o de mayores, por el tiempo que las autoridades competentes determinen.

· Los grupos vulnerables para la COVID-19 y los mayores de 60 años no se incorporarán en la Fase I.

· No se podrán reincorporar más puestos de los necesarios cuando suponga superar los límites de aforo o distanciamiento.

FASE II

· Para la incorporación de los grupos vulnerables será preciso que el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales evalúe la presencia del personal trabajador especialmente sensible en relación a la infección de coronavirus COVID-19, establezca la naturaleza de especial sensibilidad de la persona trabajadora y emita informe sobre las medidas de prevención, adaptación y protección. Para ello, tendrá en cuenta la existencia o inexistencia de unas condiciones que permitan realizar el trabajo sin elevar el riesgo propio de la condición de la salud de la persona trabajadora.

· No será posible reiniciar la actividad presencial sin que las medidas de seguridad y la distribución de EPIs esté debidamente garantizada.

· La prestación de atención al público de forma presencial no se iniciará antes de que en el espacio territorial determinado por el Ministerio de Sanidad se alcance la fase II, y se encuentren implantadas todas las medidas preventivas.

· Se fomentará la atención telemática y telefónica.

· La atención presencial se deberá iniciar de una forma ordenada para garantizar la seguridad tanto del personal funcionario como de los propios ciudadanos.

· Con carácter general, podrán incorporarse a los centros de trabajo los empleados públicos que se encuentren en buen estado de salud y que se considere imprescindible en cada situación para garantizar la prestación del servicio público.

FASE III

· Se impartirán más adelante las instrucciones sobre las condiciones y restricciones que deberán establecerse para conseguir el efecto preventivo deseado.

· Para el seguimiento de lo contenido en el presente Acuerdo se constituirá una Comisión de seguimiento que servirá de cauce de información y participación y que estará compuesta por un integrante de cada una de las organizaciones sindicales firmantes y un número igual de participantes por parte de la Administración.

Documentación asociada
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