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    TABLA DE COOKIES UTILIZADAS
    CookieDuraciónTipoPropósitoIntrusividad
    PHPSESSID, SERVERID, Incap_ses_*_* y visid_incap_* Sesión Imprescindibles Mantener la coherencia de la navegación y optimizar el rendimiento del sitio web 1
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Mesa Delegada del Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital

    Punto Único: Adaptación al Ministerio y sus OO.AA. de la Resolución del S. E. de Política Territorial y Función Pública, de fecha 17 de junio de 2020, de medidas a adoptar en los centros de trabajo dependientes de la AGE con motivo de la nueva normalidad.

    22/06/2020.
    Trabajo en la AGE con motivo de la nueva normalidad

    Trabajo en la AGE con motivo de la nueva normalidad

    Esta reunión ha sido convocada de urgencia por la Subdirección General de Recursos Humanos de Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital (en adelante MAETD). El único punto del día es el arriba reseñado, y no es otro que la adaptación a nuestro Ministerio y sus Organismos Autónomos del Acuerdo alcanzado por Función Pública y los sindicatos CSIF, UGT y CIG, recordemos que CCOO se ha opuesto a esta Resolución de la Secretaría de Estado y NO ha firmado este Acuerdo.

    El Presidente de la Mesa Delegada hace una exposición de la situación y del Acuerdo alcanzado con los sindicatos y la Secretaría de Estado de Función Pública, a excepción de CCOO. El Presidente acaba señalando los aspectos más importantes del Acuerdo firmado, que resume en 4 puntos:

    1ª.- La modalidad presencial de prestación del servicio es la forma ordinaria de trabajo en la Administración General del Estado, consistente en la prestación de servicios en los respectivos centros y lugares de trabajo.

    2ª.- El trabajo no presencial es voluntario, y se establece así según la Resolución de 17 de junio (texto literal):

    • Hasta un 20% de la jornada semanal presencial en el caso de los colectivos priorizables definidos en el presente apartado (apartado 4).
    • Un mínimo de un 20% de la jornada semanal presencial para el resto del personal.

    3º.- Este tipo de modalidad no presencial hay que solicitarla expresamente, y será potestad del Jefe de Unidad la de concederla o no, inclusive puede denegarse al personal vulnerable, o que cuide hijos menores o personas mayores, y está condicionado o limitado “por razones de carácter organizativo y de necesidades del servicio”, según el citado apartado 4.

    4º.- En el caso de coincidencia de peticiones, se prioriza al personal vulnerable al COVID, o aquel personal:

    • Que tengan a su cargo menores de hasta 14 años.
    • Que tengan a su cargo personas mayores, dependientes o con discapacidad, afectados por el cierre de centros de servicios sociales de carácter residencial y centros de día.

    Hasta aquí lo que describe y resume el Presidente de la Mesa Delegada, a continuación plantea debate en primer lugar a los firmantes del Acuerdo, para que aclaren o expongan sus posiciones. Hacer notar que en ningún momento se refleja TELETRABAJO en la Resolución de la Secretaría de Estado, no aparece en todo el texto.

    El Presidente de la Mesa Delegada expresa su extrañeza -y hasta contrariedad- por la firma de éste Acuerdo en los términos en que se ha culminado, y lo hace repetidas veces, extrañeza cuando no comprende como la parte social, la que firma, aprueba que el personal vulnerable podría ser obligado al trabajo presencial, o como en este escenario de Pandemia (que no olvidemos, sigue vigente), la modalidad de trabajo ordinaria cambia de no presencial, a presencial, y repite que no entiende cómo se puede firmar este Acuerdo por la parte social.

    Hay que tener presente que la normativa sobre el Estado de Alarma ampliaba los plazos hasta finalizada la misma. Es decir, el RD 8/2020 establecía que las medidas de conciliación y trabajo a distancia preferente se ampliaban hasta 2 meses después de finalizado el Estado de Alarma.

    Indudablemente pesa mucho en estas manifestaciones que estamos en un Ministerio cuyo personal se concentra en un 90 % en Madrid, foco principal de la Pandemia en España, y con problemas serios aun recientes para controlar los desplazamientos a los centros de trabajo y concentraciones de personal en una sede Ministerial con 5 Ministerios: MAETD, Ciencia, Hacienda, Industria y Universidades, hablamos de Complejo Cuzco.

    En definitiva, una situación que se ha complicado y donde todos tenemos que emplearnos a fondo para mitigar, sino erradicar, cualquier atisbo de riesgo y/o contagio. El tema es muy delicado, y el Acuerdo no ayuda, más bien puede complicar la situación.

    En lo que concierne a CCOO, nos ratificamos en el rechazo al Acuerdo, por precipitado (¿qué prisas hay?), por el no aseguramiento de la seguridad y salud del personal (ejemplo, el de atención al público, desplazamientos innecesarios), y especialmente del personal vulnerable, porque no se dota de medios para el personal que trabaje en “no presencial”, tampoco se compensan gastos y se mantiene esta situación de forma indefinida, como colofón, seguimos con una desregulación de las relaciones laborales, a criterio del Jefe y sin horarios cerrados, y NO se apuesta por regular definitivamente el Teletrabajo.

    Por tanto, perdemos una oportunidad excepcional, aun transitoria y temporal para abordar este tema que tanto reclaman los empleados y empleadas públicas, y que nadie se lleve a engaño, por los medios de comunicación y algunos sindicatos, esto NO es Teletrabajo.

    El INE ha consensuado con la parte social una instrucción propia, y ya la ha difundido a toda la plantilla

    En la semana próxima nos emplazan a una nueva reunión donde se podrán presentar alternativas para mitigar los efectos del Acuerdo.

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