FSC-CCOO Sector Administración General del Estado | 22 diciembre 2024.

Productividad, medición cumplimiento de objetivos

    01/10/2020.

    Como ya informamos CSIF, CCOO y UGT en nota conjunta de Mesa Delegada del pasado 9 de septiembre, por parte de la Secretaría de Estado de la Seguridad Social y Pensiones, se iba a dictar una nueva y extraordinaria resolución que considerará el grado de cumplimiento durante la situación excepcional de pandemia.

    Una vez recibida nota informativa elaborada por la Subdirección General de RRHH e Inspección de Servicios del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones del contenido de la Resolución negociada con CCOO, CSIF y UGT en el marco de la Mesa Delegada de Seguridad Social, os damos traslado de la misma:

    “La Resolución que cada semestre se dicta, por parte del Secretario de Estado de Seguridad Social y Pensiones, autorizando la liquidación de la productividad por cumplimiento de objetivos incorpora las modificaciones acordadas con la parte social de la Mesa Delegada.

    Lo más relevante es que en dicha Resolución se incluyen los anexos de lo que se tiene que calcular, mensualmente por cada tramo de objetivos alcanzado por cada Unidad, así como los elementos que definen las causas de exclusión y mejora previstos en la Resolución 13/1998, en la redacción que se introdujo en el año 2018. Se resaltan los siguientes puntos:

    1. Se fijan distintos modelos de valoración del primer semestre en función de las especificidades que presentan las EEGG Y SSCC:

    · Valoración del Grado de Cumplimiento en el INSS, TGSS y el Servicio Jurídico, entendiendo por Servicio Jurídico los Letrados en los Servicios Jurídicos Delegados. Se fija el tramo 6 como resultado provisional del primer semestre (equivale al 250 en la escala 200/300).

    Posteriormente se computarán los objetivos de forma anual y el resultado se aplicará en la liquidación de marzo de 2021, garantizándose que de la misma no resultará ninguna devolución de cantidades para la plantilla.

    · Valoración del Grado de Cumplimiento en la Intervención General de la Seguridad Social y la Gerencia de Informática de la Seguridad Social. Se fija la Media de los cuatro semestres equivalentes anteriores.

    · Valoración del Grado de Cumplimiento de Objetivos en el Instituto Social de la Marina. Se aplica la norma, dado que ha podido medir sus objetivos de gestión. Desde UGT, CCOO y CSIF os recordamos que en este último apartado también queda encuadrado el personal del IMSERSO

    2. En segundo lugar, para todas las Entidades Gestoras, Servicios Comunes e Intervención General de la Seguridad Social, se establece un porcentaje excepcional y adicional de un incremento de hasta un máximo de cinco tramos sobre la valoración de cumplimiento de objetivos asignados a la dependencia donde figuran adscritos, para el diez por ciento de la plantilla, en atención al especial desempeño y dedicación derivados de la situación de pandemia.

    Dicho diez por ciento excepcional, para el primer semestre del año 2020, será adicional e independiente del porcentaje recogido en el apartado 2.5, según la redacción introducida por la Resolución de 20 de diciembre de 2018, y en los términos acordados, con fecha 19 de septiembre de 2019, por la Comisión de Seguimiento del Acuerdo de 19 de diciembre de 2018, para la modificación de la resolución de productividad por cumplimiento de objetivos.

    Es decir, a la mejora de tramos que actualmente está establecida para el 30% de los efectivos de hasta tres tramos, se ha de sumar ese diez por ciento de hasta cinco tramos, alcanzando a un total del 40 por ciento de la plantilla.