FSC-CCOO Sector Administración General del Estado | 25 noviembre 2024.

Encuadramiento del personal laboral del IV Convenio Único de la AGE

    CCOO seguimos exigiendo a la Administración que se comunique a todos los trabajadores y trabajadoras su encuadramiento en el nuevo sistema de clasificación profesional y se subsanen inmediatamente los errores detectados.

    26/04/2021.
    L.21.R

    L.21.R

    CCOO llevamos días denunciando el caos que se está produciendo ante la desinformación por parte de la Administración sobre la forma de comunicación a los trabajadores y las trabajadoras de su encuadramiento, o la ausencia de esa comunicación. Esto está generando una enorme inquietud, sobre todo en casos de errores de encuadramiento o discrepancia con el encuadramiento asignado y la forma y plazos para reclamar.

    El pasado 25 de marzo de 2021 quedaron aprobadas por la CECIR (Comisión Ejecutiva de la Comisión Interministerial de Retribuciones) las Resoluciones de encuadramiento en el nuevo sistema de clasificación del IV Convenio Único (solo para puestos ocupados por personal fijo). Cada departamento ministerial y organismo ha recibido la Resolución con los puestos encuadrados de su ámbito, y en cada uno de ellos se decide cómo y cuándo le comunica el encuadramiento a su personal e incluso no realizar esa comunicación. Y Función Pública, en lugar de dar unas instrucciones claras para que en todos los ámbitos se actúe igual, se lava las manos...

    CCOO hemos acudido a nuestros servicios jurídicos para aclarar cuál es la forma legal de comunicación y qué consecuencias (a efectos de plazos para reclamaciones) tiene, y la situación es la siguiente:

    • En caso de discrepancia con el encuadramiento, cabe recurso de alzada individual contra la Resolución de la CECIR de 25 de marzo de 2021 correspondiente. Este recurso debe interponerse en el plazo de un mes desde Ia notificación de dicho encuadramiento con el documento L21R.
    • El plazo para resolver este recurso por parte de la Comisión Interministerial de Retribuciones (CIR) es de tres meses desde la presentación del recurso, entendiéndose desestimado el mismo una vez transcurrido dicho plazo. Con la desestimación se abriría la vía laboral, con la demanda ante el juzgado de lo social competente contra el acto de encuadramiento.

    Aunque CCOO insistimos que todo se aclararía si se notificase su LR21 a cada trabajador y trabajadora, por lo que continuamos exigiéndolo, la cuestión es: ¿cómo y cuándo se da por notificado legalmente el encuadramiento?

    1.Si la resolución de encuadramiento (LR21) es notificada expresa y fehacientemente a la persona afectada (por correo certificado o con entrega directa y firma del recibí), el plazo para interponer recurso de alzada es de un mes desde la fecha de esta notificación.

    2.Si se accede al PORTAL FUNCIONA y se descarga el documento LR2 se podría entender que se ha conocido el encuadramiento dado que el sistema deja constancia del acceso, con fecha y hora, por lo que debemos pensar que en ese momento empieza a contar el plazo de un mes para recurrir.

    3.Si se comunica por correo electrónico (correo corporativo o correo particular con acuse de recibo), el momento en que se accede a la comunicación se puede entender que se ha producido la notificación, y habría igualmente un plazo de un mes para presentar recurso de alzada.

    ¿Y qué pasa con los trabajadores y las trabajadoras que aún no están encuadrados?

    En el caso de los puestos que no se han encuadrado (puestos ocupados por personal temporal puestos ocupados con posterioridad a noviembre de 2018) y queno están incluidos en las Resoluciones del 25 de marzo aún puede presentarse recurso de alzada. Los trabajadores y trabajadoras afectados pueden presentar escrito ante la unidad de personal correspondiente solicitando información sobre su encuadramiento como paso previo para posibles actuaciones posteriores.

    Ante este desbarajuste que puede poner a los trabajadores y las trabajadoras en situación de inseguridad jurídica, CCOO continuamos exigiendo en todas las Subcomisiones y en todas las reuniones de Comisión Paritaria y sus grupos de trabajo que se comunique a todo el personal su L21R y que se fije fecha tope para que lo hagan todos los departamentos y organismos, así como que se subsanen inmediatamente todos los errores detectados.

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