FSC-CCOO Sector Administración General del Estado | 21 noviembre 2024.

Comisión Paritaria del IV Convenio Único de la AGE

    Tras años de retraso, ahora la Administración tiene prisa.

    27/04/2022.
    A la Administración le han entrado las prisas tras años de retraso.

    A la Administración le han entrado las prisas tras años de retraso.

    Se mantienen los retrasos e incumplimiento del convenio respecto a la modificación del anexo V, cambio de régimen jurídico, retribuciones complementarias, dudas en contratos de relevo en jubilación parcial, por ello, para CCOO los próximos meses deben ser decisivos para su resolución.

    La administración pretende cerrar el grupo de retribuciones complementarias a finales del mes de mayo o principios de junio, también se convocará al grupo de clasificación profesional al objeto de la revisión definitiva del anexo V de las especialidades pendientes: vigilancia y atención en sala de Museos y celadores de prisiones, que siguen encuadradas a la baja.

    CCOO consideramos que la implantación del Convenio y el desarrollo de las medidas previstas se han demorado extremadamente en el tiempo, saltándose todos los plazos comprometidos. La administración avanza que los próximos meses serán claves para varias de las medidas aún pendientes de cumplir tras años de retraso.

    Siguen sin saber el rango de la norma en la que se incluirá el proceso de cambio de régimen jurídico previsto en el Convenio desde su firma, y que deberían estar más que resueltas. Desde CCOO consideramos que esta circunstancia debería estar prevista desde un primer momento y, por tanto, ya gran parte del personal laboral, podría haber cambiado su régimen jurídico de forma voluntaria.

    En cuanto a la jubilación parcial, Función Pública está elaborando un documento de “preguntas frecuentes”, también manifiesta haber elevado a los departamentos Ministeriales y Organismos un procedimiento para los contratos de relevo y según la nueva resolución ya no es necesario acompañar el informe de la Seguridad Social que indica que cumple los requisitos exigidos pues será el propio centro gestor el encargado de recabar esa información a la vista de la documentación aportada y de los datos que les constan en los expedientes de los solicitantes.

    En la reunión de la Comisión Paritaria se informó sobre la gestión de expedientes pendientes de encuadramiento de puestos de trabajo de diferentes Ministerios: Justicia, Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática, INE, Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, CIEMAT, IMSERSO y Ministerio de Defensa. Estos expedientes han sido remitidos a los Ministerios con los informes necesarios para que continúen con su tramitación y queden resueltos.

    Otros expedientes elevados por diferentes Ministerios siguen a la espera de informes. Seguimos apelando a que cuanto antes se sigan supervisando todas las contrataciones realizadas y situaciones que deben ser tenidas en cuenta para el pago de atrasos y actualización de nóminas en su caso. Es una labor de gestión que debe realizarse sin más demora desde las Subcomisiones Paritarias de los diferentes Ministerios.

    También insistimos que las últimas modificaciones del Convenio (anexo V) publicadas en BOE con los cambios de grupo profesional, para varias especialidades, requieren de propuesta por parte de los Ministerios para su ejecución y por ello, exigimos que se haga cuanto antes para reducir los plazos después de todo el tiempo transcurrido.

    Respecto a la oferta de empleo público 2019, CCOO denunciamos que se ha excluido de la promoción interna a todo el personal del anexo II como ya sucedió con la de 2018. La Administración incorporará en la oferta correspondiente a 2020 puestos para hacer posible ese derecho. También, desde CCOO hemos cuestionado la decisión de no incluir vacantes de ciertas especialidades en el concurso de traslados específico del anexo II, como puede ser el caso de “vigilancia del dominio público” vulnerando el derecho a la movilidad. Las razones alegadas por la Administración no terminan de convencernos, no obstante, asumen incluir en la siguiente convocatoria plazas de dicha especialidad previa modificación de la RPT en la que harán constar requisitos de acceso que ahora no se contemplan.

    La Administración considera que la vía normal de movilidad del personal que ocupan puestos del Anexo II, es la del cambio de régimen jurídico, siendo la opción de traslado y promoción secundarias, por eso hemos hecho constar, que se cercena el derecho a la movilidad.

    Por último, se reitera la necesidad de una modificación o acuerdo complementario para llevar a cabo los procesos de estabilización previstos conforme a las novedades recogidas en la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público. La Administración procederá a formalizarlo en las próximas semanas.

    Documentación asociada
    Documentación asociada