FSC-CCOO Sector Administración General del Estado | 8 mayo 2024.

CCOO exige revisar el copago farmacéutico del personal adscrito a MUFACE

    30/06/2022.

    El copago farmacéutico es la aportación obligatoria, que debe efectuar la persona beneficiaria de una prestación farmacéutica o producto sanitario en el momento en que le sea dispensado en la farmacia, previa prescripción médica.

    Diferencias entre los sistemas

    Copago en el Sistema Nacional de Salud

    Copago en MUFACE

    ● Para rentas anuales menores de 18.000 euros, se abona el 10

    % del medicamento con un máximo mensual de 8,23 euros.

    ● Si la renta está entre 18.000 y 100.000 euros, el copago es

    también del 10 % con un tope de 18,52 euros mensuales.

    ● Para rentas de más de 100.000 euros, representa el 60 % del

    medicamento con un máximo de 61,75 euros.

    ● 30 % sin límite mensual.

    CCOO llevamos años exigiendo la homogeneidad en el copago farmacéutico en ambos sistemas, tanto en las aportaciones que realizamos a lo largo de nuestra carrera profesional, como en los beneficios finales, tanto si eres de un sistema o de otro, en el que te han encuadrado obligatoriamente según el cuerpo o escala al que pertenezcas.

    Y es que en casos, especialmente en enfermedades crónicas, el colectivo de mutualistas de MUFACE destina una parte muy importante de su pensión al abono de gastos farmacéuticos. Hablamos de pensiones de unos 1.400 euros que tienen que hacer frente a gastos en medicamentos que superan en muchas ocasiones los 250 o 300 euros mensuales. Esto sitúa al personal mutualista como ciudadanos y ciudadanas de segunda, en un sistema que propugna entre sus objetivos la equidad y la igualdad.

    CCOO lleva años exigiendo la homogeniedad en el compago farmacéutico en ambos sistemas, tanto en las aportaciones que realizamos a lo largo de nuestra carrera profesional, como en los beneficios finales, tanto si eres de un sistema o de otro, en el que te han encuadrado obligatoriametne se´gun el cuerpoo escala al q ue pertenezcas.

    CCOO considera que es imprescindibel aprovechar esta modificación del RDL 1/2025 de 24 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de garantías y uso racional de los medicamenteos y productos sanitarios, para cambiar el artículo 102 y garantizar la homogeneidad en las prestaciones sanitarias de todas las personas.

    No quedan excusas, y menos con un Gobierno que ya se ha mostrado públicamente a favor de dicha modifiación. CCOO reinvindica que se aproveche esta tramitacion para que, de una vez por todas, el colectivo de personas que tenga que acceder a medicamentos y productos santirias tengan los mims derechos independientemetne del sistema de salud en el que obligatoriamente son encuadradas.

     

     

     

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