FSC-CCOO Sector Administración General del Estado | 29 marzo 2024.

MODIFICACIÓN DE LA NÓMINA DEL PERSONAL FIJO DISCONTINUO

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En la nómina del Personal Fijo Discontinuo de junio de 2023 se incluirá un descuento correspondiente a la conciliación de las diferencias entre lo que se le descontó por cuota obrera en su nómina del mes de marzo y la cantidad efectivamente ingresada en la Tesorería General de la Seguridad Social, en aplicación de la Orden PCM/313/2023, de 30 de marzo, por la que se subió en un 8 por ciento la base mínima, con efectos retroactivos de 1 de enero, mismo incremento que la subida del salario mínimo interprofesional.

26/05/2023. Sección Estatal CCOO AEAT
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La Subdirección General de Gestión Administrativa de Personal nos ha informado de una serie de descuentos que está previsto realizar en la nómina del personal laboral fijo discontinuo, como consecuencia de determinados cambios normativos comunicados recientemente por el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, y que ponemos también a vuestra disposición por si consideráis oportuno realizar alguna aclaración:

"La Orden PCM/74/2023, de 30 de enero, por la que se desarrollan las normas legales de cotización a la Seguridad Social, desempleo, protección por cese de actividad, Fondo de Garantía Salarial y formación profesional para el ejercicio 2023, estableció en su Disposición Adicional séptima que a partir de 1 de enero de 2023, y conforme a lo dispuesto en la Ley 21/2021, de 28 de diciembre, de garantía del poder adquisitivo de las pensiones y otras medidas de refuerzo de la sostenibilidad financiera y social del sistema público de pensiones, en todas las situaciones de alta o asimiladas a la de alta en el sistema de la Seguridad Social en las que exista obligación de cotizar para la cobertura de la pensión de jubilación, aunque no estén previstas de modo expreso en esta orden, se deberá efectuar una cotización de 0,6 puntos porcentuales aplicable a la base de cotización por contingencias comunes (el 0,5 por ciento será a cargo del empleador y el 0,1 por ciento, a cargo del trabajador).

Esta nueva cotización del 0,1 por ciento a cargo del trabajador (y calculada sobre su base de cotización de contingencias comunes) se ha adaptado plenamente a nuestras aplicaciones a partir de la nómina de marzo figurando un nuevo concepto "Cuota obrera MEI". Así se ha aplicado, por tanto, al personal fijo discontinuo, desde marzo y ha figurado en sus nóminas como "couta MEI".

Por otro lado, a nómina del mes de marzo ya cerrada, el 31 de marzo de 2023, se ha publicado la Orden PCM/313/2023, de 30 de marzo, que sube la base mínima en un 8 por ciento, con efectos retroactivos de 1 de enero. De esta manera, procede regularizar la diferencia de las cuotas descontadas en la nómina de marzo (con valores aún de 2022) y las realmente ingresadas, en abril, plazo ordinario para su ingreso, en la Tesorería General de la Seguridad Social (y ya aplicados los valores de la Orden citada).

A estos efectos, al personal laboral fijo discontinuo se descontará en su nómina de junio una cantidad correspondiente a este concepto de conciliación, que figurará bajo tal concepto de "concliación" en sus nóminas. Se pondrá un aviso para este colectivo, que estará visible a la vez que la nómina de junio.

Documentación asociada
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