FSC-CCOO Sector Administraci贸n General del Estado | 13 diciembre 2025.

Sin avances en teletrabajo en la Agencia Tributaria

    Un día más de negociación del teletrabajo sin que la Administración haya recogido las propuestas que CCOO ha aportado, especialmente que sean 3 días de teletrabajo. A la espera de la propuesta de Acuerdo que nos enviará la Administración, no hay fecha de posible entrada en vigor.

    20/06/2023.
    teletrabajo

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    Una reunión más en el que partimos de documentación incompleta: por un lado, un borrador de acuerdo y un protocolo de desconexión sin actualizar; y por otra parte, una presentación de Powerpoint que no recogía todos los puntos a tratar puesto que la Administración nos ha comunicado de palabra cuáles son, provisionalmente, los puestos no susceptibles de teletrabajo. 

    En relación con el borrador aportado, CCOO ha reiterado sus peticiones sobre teletrabajo: 

    • La prestación ordinaria de teletrabajo debe ser de 3 días de teletrabajo y 2 presenciales.
    • En sitios donde no sea posible, que sean 2 días de teletrabajo y se organicen turnos rotatorios.
    • El horario de teletrabajo debe ser idéntico al presencial: media hora de desayuno, aplicación de cortesía y que se pueda recuperar parte del horario en teletrabajo por aplicación de la parte fija/variable de nuestra jornada.
    • Que, en general, se pueda teletrabajar en todos los puestos y, si no fuese posible, deben establecerse turnos. Si hay que definir puestos que no son teletrabajables, debe realizarse de la manera más restrictiva posible.

    Además, hemos pedido aclaraciones sobre quiénes son las personas supervisoras y las responsables que tienen que autorizar el teletrabajo y controlar el rendimiento en esta modalidad.

    De todas nuestras peticiones sólo han accedido a que se aplique el descanso, la cortesía y la recuperación de horario por utilización de la parte fija/variable (aunque a expensas de saber cómo se realizará efectivamente).

    El powerpoint indica que la supervisión del teletrabajo se va a realizar a través de herramientas o plataformas digitales, apoyándose en un Zújar de indicadores de supervisión cuyos datos podrán ser visualizados tanto por la persona que teletrabaja y su responsable. En resumen, los indicadores son varios: si la persona muestra su compromiso laboral, si está disponible conforme a su horario y no existe dificultad para contactar con ella, si ha resultado o no necesario incrementar la supervisión de la persona teletrabajadora y si se ha resentido o no el rendimiento en relación a su trabajo presencial. También se apoyarán en otros indicadores de actividad, tales como el tiempo de conexión, los correos electrónicos, el uso de Zoom y de las aplicaciones de la Intranet utilizadas.

    A este respecto, CCOO ha señalado que ciertos indicadores son demasiado interpretables por los distintos responsables, lo que lleva a una aplicación no homogénea mientras que, respecto a los de actividad, hay muchos trabajos que no aparecen (trabajos en Word y Excel, lectura de documentos impresos, etc.). Asimismo, hemos exigido que los informes periódicos de la evaluación del teletrabajo se comuniquen a la persona teletrabajadora, en aras de una mayor transparencia.

    También se recoge en dicho powerpoint las causas de suspensión temporal y los motivos de revocación del teletrabajo. Hay que destacar que la revocación es un procedimiento administrativo con audiencia a la persona interesada pero, a juicio de CCOO, muchos de esos motivos no están bien definidos, son excesivamente interpretables e incluso son susceptibles de una utilización espuria por parte de ciertos mandos para quitar el teletrabajo a quien quieran. La Administración se ha comprometido en tener una redacción más concreta y que elimine los recelos que hemos manifestado.

    Por otra parte, se prevé la creación de una Comisión Técnica de Teletrabajo, donde hemos exigido la presencia de las organizaciones sindicales

    Además, en relación con la prevención de riesgos laborales, la Administración convocará el Comité de Salud Intercentros para tratar este tema en lo que queda de mes de junio.

    Finaliza la reunión a la expectativa de que la Administración nos envíe su propuesta de Acuerdo después de que haya aclarado que el “trabajo a distancia por cuestiones de ahorro energético” se prevé que finalice en noviembre y que aún está por decidir si el Acuerdo a que pueda llegar entrará en vigor en esa fecha o  podrá ser antes si “se permite” a la Agencia Tributaria estar excluida de la aplicación de dicha modalidad.