FSC-CCOO Sector Administración General del Estado | 25 noviembre 2024.

Aplicación Acuerdo retribuciones complementarias IV Convenio único de la AGE

    La Secretaría de Estado de Función Pública aprueba las instrucciones para la aplicación del Acuerdo de sobre la supresión/asignación de complementos.

    01/08/2023.
    Edificio de la Secretaría de Estado de Función Pública en Madrid

    Edificio de la Secretaría de Estado de Función Pública en Madrid

    La resolución aprobada autoriza el abono en nómina de los complementos acordados en la reunión de Comisión Paritaria y Negociadora extraordinaria del pasado 19 de mayo con los atrasos que, en cada caso, corresponda. Adjuntamos tabla con la actualización de las cuantías conforme al acuerdo de supresión/asignación y teniendo presente que los atrasos se calculan con retroactividad a todo puesto ocupado desde la fecha de 1 de enero de 2022.

    Este procedimiento que ahora se autoriza a cada una de las habilitaciones de cada Ministerio, es previo a las necesarias modificaciones de las relaciones de puestos de trabajo, ello supone que estaremos con una situación de transitoriedad que cesará cuando la Comisión Interministerial de Retribuciones proceda a la aprobación de las nuevas RPTs.

    Por ello y de cara a evitar mayores demoras de las ya acumuladas, el objeto de la resolución trata de anticipar el pago y fija unas instrucciones técnicas sobre el tratamiento del abono de los nuevos complementos con respecto a los vigentes en la RPTs actuales. Ahora ya corresponde a cada habilitación proceder conforme a dichas instrucciones que nos constan ya han recibido desde Función Pública.

    Mientras se resuelve la aprobación de las relaciones de puestos de trabajo, esta resolución vendría a posibilitar, definitivamente, la distribución de los fondos adicionales de 2020 destinados a la financiación del nuevo sistema complementario y, también, de la masa salarial de los años 2021 y 2022. Todo ello alcanza la cifra de 7.695.780 €.

    La aprobación del nuevo sistema complementario, más allá de esta medida que ahora se incorpora, permite a las diferentes Subcomisiones Paritarias proceder a elevar nuevas propuestas de asignación de modalidades de complementos que cumplan con las definiciones y que incorporen la correspondiente memoria económica.

    Esperamos, por tanto, que la normalidad en la aplicación de este importante capítulo del convenio llegue a la mayor brevedad tras la deficiente gestión de los tiempos que ha llevado a cabo Función Pública en esta cuestión pues, claramente, debió haber sido resuelta mucho tiempo atrás.