FSC-CCOO Sector Administración General del Estado | 13 mayo 2025.

Informe sobre la implantación del SIA en el CIS Victoria Kent y sus consecuencias para el régimen abierto

    La sección sindical de CCOO en el CIS Victoria Kent ha realizado un informe de 14 folios donde explica, tanto al Secretario General de Instituciones Penitenciarias como a la Subdirección General de Seguridad y Medio Abierto lo que supondría la implantación del SIA en el centro y las consecuencias que tiene esto para el Régimen Abierto.

    12/12/2023.
    cis victoria kent

    cis victoria kent

    Se cuestiona que la única opción para sustituir el anterior programa sea el programa de identificación por huellas SIA, con la posibilidad de un desastre organizativo y la vulneración de derechos de internos y trabajadores, puesto que el SIA en ningún momento se pensó como una herramienta de gestión de los centros de inserción social para la población de régimen abierto. Siempre se hace referencia en la Instrucción 5/2007 a retención y custodia de internos, gestión de los expedientes personales o al control de salida de internos en régimen ordinario. Nada relacionado con la gestión diaria de movimientos de internos con trabajo o actividades tratamentales en el exterior. Nada que tenga que ver con la realidad diaria de los centros de inserción social.

    Hay que tener en cuenta que en el CIS Victoria Kent no existe el Servicio de Identificación y Huellas al que se refiere también la Instrucción, sino que se ha instalado el equipo de huellas en el segundo rastrillo del centro, desde el que se abre el portón de vehículos, y donde se somete a los internos a requisas aleatorias por arco detector. Allí presta servicio, sólo en turno de mañana, un único funcionario, efectuándose los trámites reglamentarios de identificación en los turnos de tarde y noche por cualquier funcionario o funcionaria de vigilancia que se encuentre disponible para ello y que tenga servicio en algún departamento interior. Por tanto, ni tan siquiera existe el puesto de trabajo de Servicio de Identificación-Huellas requerido en la I.5/2007, ni personal dedicado a ello en exclusiva, lo cual es lógico vista las necesidades reales de identificación en los centros de régimen abierto.

    Esta situación contrasta con la de los centros de régimen ordinario, donde sí existe Departamento de Ingresos con servicio de Identificación y Huellas, debidamente dotado con personal exclusivo para esa actividad. Según datos obtenidos de varios centros tipo de la Comunidad de Madrid, a principios del año 2023 la media de salidas con fuerza pública, ingresos, libertades y traslados solía ser de unos 60 trámites al día en cálculo medio semanal (400-450 semanales). En otros centros cerrados de más pequeñas dimensiones la cantidad de trámites de identificación por SIA es notablemente inferior. Estas cifras han de verificarse y tenerse en cuenta a la hora de exigir que se efectúen unos 600 trámites de identificación al día (diez veces más) en un CIS sin un Servicio de Identificación, el cual, caso de tener que crearse, habría que dimensionar y dotar con un número de trabajadores diez veces superior al que exista en un centro de régimen ordinario.

    La implantación de este sistema en el CIS Victoria Kent tendría múltiples y nefastas consecuencias para las personas internas en él, que serían los principales perjudicados. Aun haciendo como ahora, salidas escalonadas en distintas horas, un número determinado de internos siempre saldrían con retraso para sus trabajos, pudiendo llegar a ser los retrasos sustanciales y acumulativos. Para el regreso al CIS tras sus jornadas laborales, el problema sería aún mayor, dado que una mayoría de internos tienen horario de reingreso al centro entre las 21,30 y las 23,30, es decir, durante 2 horas, lo que supondría terminar de huellar de madrugada. Además, estas demoras con largas esperas en filas de internos se harían a la intemperie.

    Por otro lado, habría consecuencias para el personal penitenciario y sus condiciones de trabajo, ya que implicaría la creación de nuevos puestos de trabajo que, como indica la legislación de riesgos laborales, han de ser evaluados, incluir las nuevas funciones que implique, etc.

    En conclusión, racionalmente, no se puede sustituir un programa de gestión de centro por un sistema de identificación. Desde CCOO pedimos que se aplace su implementación y la eliminación del programa anterior. Y solicitamos que el personal experto de la Dirección General y la Subdirección General afectadas, estudien y analicen las características y el funcionamiento del régimen abierto, verificando todo lo reflejado en el informe, estimando las consecuencias para los centros de régimen abierto y concluyendo la inviabilidad del proyecto de sustitución de programas. Al mismo tiempo, y con la máxima urgencia, pedimos soluciones técnicas a la Subdirección General de Planificación y Gestión Económica, para la elaboración de un programa alternativo para los centros de Régimen Abierto, evitando así todo lo que se detalla en el informe registrado por CCOO.