FSC-CCOO Sector Administración General del Estado | 25 noviembre 2024.

Concurso de traslados abierto y permanente IV Convenio Único primera fase 2004

    En el último trimestre del pasado año el grupo de trabajo encargado del seguimiento de la aplicación del concurso de traslados, acordó una serie de cambios en el procedimiento que fueron publicados en el BOE del 30 de diciembre y que se aplicarán ya en esta primera fase de este año 2024 convocada hoy.

    19/01/2024.
    #CAPtraslados

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    La experiencia acumulada, tras las fases ya resueltas, concluyó en la idoneidad de mejorar y actualizar el texto de modo que permitiera estructurar de forma más adecuada sus contenidos y clarificar la redacción de algunos de sus apartados para facilitar una mejor comprensión del procedimiento.

    Desde CCOO, estando conforme con los cambios acordados pues en gran parte responden a propuestas que hemos promovido, no obstante, consideramos que podrían haberse mejorado más notoriamente si ciertos aspectos también hubieran sido aceptados para permitir mejores opciones de participación para ciertos colectivos. La justificación de la negativa por parte de la Administración a algunas de las medidas planteadas fue el hecho de que, con ello, se estaba llevando al extremo de modificar el convenio en aspectos en los que el grupo de trabajo no tenía competencia, circunstancia que, desde CCOO, consideramos no supone razón pues cualquier cambio puede ser perfectamente asumible siempre que se sigan los mecanismos previstos al efecto.

    Entre otras cuestiones se pretende identificar la tipología de puestos/peticiones que se pueden solicitar o realizar dada la confusión que existe en relación a las peticiones de carácter genérico que se han venido realizando, por ello, en la base cuarta referida a las solicitudes, se desglosan cada una de las posibilidades que tiene el personal que participe en el concurso.

    Es de destacar, igualmente, que toda la información quedará centralizada en la página web que se destine a la publicación del desarrollo y gestión de cada fase incluida la resolución de adjudicación definitiva que ya no será publicada en el BOE y, por tanto, la publicación en dicha página web servirá de notificación a los interesados.

    También, en los casos en los que el trabajador o trabajadora se halle en situación de baja laboral, el cese no se va a demorar al momento de alta médica sino que se efectuará conforme al procedimiento general respetando, en todo caso, los plazos de incorporación que marque la resolución conforme a los establecido en el Convenio. Además, en el supuesto en los que dicha baja se produzca en los plazos de incorporación previstos, se ha de respetar el periodo que reste circunstancia que debe ser tenida en cuenta como se indica en la nueva regulación.

    Se ha querido enfatizar, igualmente y por los antecedentes observados en anteriores fases que, entre otros criterios a la hora de establecer las vacantes a incorporar en el listado de puestos, se tenga en cuenta la obligación por parte de los Departamentos de respetar lo previsto en el artículo 27.2 en cuanto a la prioridad de las convocatorias y los artículos 47 y 48 cuando son reiteradas en el tiempo las necesidades de trabajos de igual o distinto grupo profesional.

    Esperamos que en este año 2024 sea posible cumplir con las cuatro resoluciones anuales que se acordaron en la negociación del IV Convenio, en este sentido, si se repiten los plazos de publicación y resolución de la última fase de 2023, sería perfectamente viable alcanzar ese objetivo.

    INFORMACIÓN PRIMERA FASE 2024. Concurso abierto y permanente del IV Convenio Único

    Concurso de traslados abierto y permanente para la provisión de puestos de trabajo de personal laboral en el ámbito del IV Convenio Único de la Administración General del EstadoResolución de 28 de diciembre de 2023 que establece el procedimiento regulador del Concurso Abierto y Permanente (BOE de 30 de diciembre de 2023)

    Adenda de la primera fase de 2024 del concurso abierto y permanente de traslados para la provisión de puestos de trabajo de personal laboral en el ámbito del IV Convenio Único - Fecha de publicación: 19 de enero de 2024.

    ANEXO DE PUESTOS - Publicación 19 de enero de 2024

    Plazo de presentación de solicitudes: del 22 al 31 de enero, ambos incluidos.

    ***IMPORTANTE***: Las personas que participen en esta fase de CAP deben tener en cuenta que actualmente los departamentos ministeriales se encuentran en un periodo transitorio de reestructuración, por lo que los puestos ofertados pueden ir variando su unidad, centro directivo y/o Ministerio de adscripción a medida que el desarrollo de las estructuras orgánicas se implante. Por tanto, los puestos pueden aparecer en el Anexo de puestos publicado con una dependencia orgánica e ir variando dicha dependencia a lo largo de la tramitación de esta fase del CAP e, incluso, una vez adjudicado el puesto.

    Instrucciones para la presentación y desistimiento de solicitudes

    Preguntas frecuentes

    Directorio de contactos Unidades de Personal de Ministerios y Organismos

    Documento informativo de titulaciones y especialidades

    Respecto a los complementos salariales que figuran en los puestos convocados, se recuerda el contenido de los apartados 1 a 4 de la Disposición Transitoria séptima del IV Convenio colectivo único. Disposiciones sobre complementos:

    1. Los complementos singulares de puesto modalidad A3 asignados a puestos de trabajo ocupados de los grupos profesionales 4 y 5 del III Convenio Único dejarán de percibirse por integrarse su cuantía en el salario base establecido en las tablas salariales incluidas en el anexo II con efectos de 1 de enero de 2019.

    2. Los complementos singulares de puesto modalidad A2 asignados a puestos de trabajo ocupados del grupo profesional 3 del III Convenio Único se continuarán percibiendo mientras el puesto esté ocupado, suprimiéndose cuando el puesto quede vacante.

    3. Los complementos singulares de puesto modalidades A2 y A3 asignados a puestos ocupados no contemplados en los apartados anteriores continuarán percibiéndose mientras el puesto esté ocupado, suprimiéndose cuando el puesto quede vacante.

    4. Los complementos singulares de puesto modalidades AR2, AR3, A/idiomas, B (atención directa al público) y C (manejo de fondos públicos) asignados a puestos ocupados continuarán percibiéndose mientras el puesto esté ocupado, suprimiéndose cuando el puesto quede vacante.

    Web de Función Pública