FSC-CCOO Sector Administración General del Estado | 21 noviembre 2024.

SALUD LABORAL

  • Preguntas frecuentes
  • Guía Básica de Salud Laboral en la AEAT

23/04/2024. Sección Estatal CCOO-AEAT
FAQS SL

FAQS SL

  • ¿Qué se entiende por Riesgo Laboral? 

Es la cicunstancia o condición fáctica del trabajo que puede generar la posibilidad que un trabajador sufra un daño en su salud derivado de la realización del mismo. 

  • ¿Como se define la Prevención de Riesgos Laborales? 

Sería el conjunto de medidas destinadas a prevenir, evaluar y controlar los riesgos laborales existentes en el puesto de trabajo. 

  • ¿Qué es un PROTOCOLO o un PROCEDIMIENTO sobre Salud Laboral (PRO-SAL) en la AEAT? 

Es un procedimiento específico aprobado por la AEAT para regular los pasos a seguir en un asunto relacionado con la salud laboral de su personal 

  • Si creo que las condiciones de trabajo de mi puesto o el de mis compañeros pueden suponer cualquier riesgo para mi/su salud ¿qué debería hacer yo en primer lugar? 

Debería utilizar el PRO-SAL 900 sobre Comunicación de Riesgos Laborales individuales a la AEAT. 

  • ¿Dónde puedo encontrar el formulario para presentar dicha comunicación? 

Puede encontrarse en la Oficina Virtual de Personal, en el apartado de Prevención de Riesgos Laborales/Comunicación de riesgos laborales/Alta, o presentarlo en formato papel por registro, utilizando el formulario del PRO-SAL 900. 

  • ¿Qué debo cumplimentar en dicha comunicación? 

Hay que cumplimentar datos personales y tipo de Riesgo detectado (electrico, térmico, iluminación, estrés, etc.). 

  • ¿A qué órgano debe dirigirse la misma?

De las dos opciones posibles de destinatario que figuran en el formulario, lo recomendable es que se dirija sólo al Servicio de Prevención de la AEAT 

  • ¿Qué funciones tiene la Unidad que reciba la comunicación? 

Verificará el Riesgo y tramitará la misma, planificando actuaciones preventivas, comprobando su eficacia, hasta el control del mismo, comunicandolo en sus reuniones en los Comites de Seguridad y Salud. 

  • ¿Cómo puedo estar al corriente de las actuaciones realizadas, respecto al riesgo concreto comunicado? 

Podemos conocer los trámites generales realizados a través de la Intranet, en el apartado de Prevención de Riesgos Laborales/Comunicación de riesgos laborales/Consulta . Y podemos reclamar información más concreta a la Unidad de Salud Laboral de nuestro territorio. 

  • ¿Puedo comunicar un Riesgo que afecte a otra persona o personas que trabajen en el mismo lugar? 

Sí, puede informarse de un Riesgo ajeno a la propia persona, siempre que trabajen en similares condiciones a la que presenta la comunicación. 

  • ¿Cuándo podrá volverse a presentar una nueva comunicación por el mismo Riesgo? 

Podrá volverse a presentar a partir de los 3 meses, pero lo aconsejable, en ese caso, es reclamar las menidas preventivas oportunas a través de los/as Delegados/as de Prevención en el Comité de Seguridad y Salud de la provincia. 

  • ¿Existen Protocolos o Prosales específicos para otros problemas de Salud Laboral en la AEAT?

Sí, todos están colgados en la intranet de la AEAT (en Información al personal/Área informativa de RRHH/Protocolos , y en Información al personal/Prevención de riesgos laborales/Sistema gestión prevención riesgos laborales AEAT/Descarga de procedimientos (PRO-SAL) y anexos

  • ¿Existe algun PROTOCOLO o PRO-SAL en la AEAT en materia de acoso laboral? 

Sí, existe un PROTOCOLO de adaptación a la AEAT del Protocolo frente al acoso laboral de a Admón General del Estado (disponible en la intranet en Información al personal/Área informativa de RRHH/Protocolos). 

  • Y en el caso de acoso sexual ¿cómo debería actuarse? 

No hay PROTOCOLO o PROSAL sobre acoso sexual en la AEAT, pero se aplica el Protocolo de actuación frente al acoso sexual y al acoso por razón de sexo en el ámbito de la Admón. Gral. del Estado (Real Decreto 247/2024 de 8 de marzo).