FSC-CCOO Sector Administración General del Estado | 24 noviembre 2024.

¿Conciliación? espérese al año que viene

    Ya estamos en agosto y el permiso retribuido de 8 semanas por cuidado de hijos, tendría que ser una realidad en estas fechas.

    12/08/2024.
    Conciliación

    Conciliación

    Ya estamos en agosto y el permiso retribuido de 8 semanas por cuidado de hijos, tendría que ser una realidad en estas fechas.

    Desde CCOO llevamos todo el mes intentando reunirnos con Función Pública, a lo que la respuesta siempre es "vuelva usted en septiembre, que estamos de vacaciones", no sabemos si cuidando de sus hijas e hijos, o simplemente disfrutando de las vacaciones veraniegas.

    Que sea agosto significa que tenemos durante más tiempo a las niñas y los niños de la familia en casa. Sin embargo, en la Administración General del Estado empezamos a encontrarnos al principio de verano con denegaciones del disfrute del permiso en diferentes provincias y en diferentes ministerios.

    Cuando una persona decide dejar su salario para poder cuidar a las personas menores dependientes de ella, es precisamente, y aun a riesgo de reiterarnos, porque necesita CUIDAR a esas personas menores, con lo que estas denegaciones no tienen ningún sentido.

    Aunque se nos dijo que al menos 4 semanas de las 8 por cuidado de hijos iban a ser retribuidas en agosto, eso tampoco ha sido así.

    Hablamos de una Directiva Europea del año 2019. Este tipo de normas tienen que implantarse a través de la norma nacional (transposición) en dos años, es decir, debería haber estado lista en 2021. Es esta Directiva la que obliga a que sea un permiso remunerado. Así pues, estamos hablando de 5 (¡CINCO!) años para adecuarla al ordenamiento jurídico nacional y de 3 de retraso respecto a la obligación de hacerlo.

    Y aun así, la Administración decide no desarrollar la normativa y pagar la multa porque sale más barato.

    El último pronunciamiento que tenemos de la Unión Europea sobre los reiterados incumplimientos de nuestra Administración nacional para adaptar los derechos sociales obligatorios es precisamente porque la multa es insuficiente para poder cumplir la legislación obligatoria de la UE, y que se modifiquen esas cosas para que, efectivamente, nuestra Administración deje las multas y cumpla la legislación MÍNIMA OBLIGATORIA de la UE.

    La Unión Europea, por su parte, en respuesta a este incumplimiento por parte de la Administración, ha reiterado que el pago de una multa es insuficiente para obligar a cumplir con la legislación mínima obligatoria de la UE. Por tanto, requiere a la Administración española que cumpla sus obligaciones en lugar de dejarlas de lado a cambio del pago de sanciones.

    Desde CCOO insistimos en la necesidad de remunerar este permiso inmediatamente. De desarrollarlo para el personal al servicio de la Administración del Estado desde Función Pública para cumplir con la legislación vigente.

    Desde CCOO insistimos en que esta medida de conciliación es absolutamente necesaria. Y declaramos que es inadmisible denegar un permiso más, sobre todo cuando la ley deja claro que este debe concederse, con muy pocas excepciones (como necesidades del servicio), pero que estas también están obligadas a dar alternativas al disfrute en un plazo razonable.