FSC-CCOO Sector Administración General del Estado | 18 junio 2025.

Comisión Negociadora V Convenio único

    Las reuniones mantenidas hasta la fecha versan sobre artículos que no implican cambios en las condiciones del personal laboral.

    06/06/2025.
    Las reuniones mantenidas hasta la fecha versan sobre artículos que no implican cambios en las condiciones del personal laboral en la AGE

    Las reuniones mantenidas hasta la fecha versan sobre artículos que no implican cambios en las condiciones del personal laboral en la AGE

    Seguimos esperando que el Gobierno mueva ficha en relación a nuevos acuerdos de subida salarial para el conjunto de las trabajadoras y trabajadores públicos, su demora e inacción nos llevará a seguir con las movilizaciones.

    Una vez constituida la Comisión Negociadora y aprobado el Reglamento de Funcionamiento de la misma, se han venido sucediendo varias reuniones que han girado en torno al debate sobre posibles modificaciones o actualización de artículos correspondientes a los Títulos I, II y IV del actual IV Convenio Único, también se ha mantenido una reunión sobre el Título V y se anuncia próximo comienzo sobre el actual artículo 34 y los capítulos I y II del Título VII.

    El debate mantenido, hasta el momento de esta nota, ha sido sobre el ámbito de aplicación, el periodo de vigencia, las funciones de las diferentes Comisiones y Subcomisiones Paritarias, los posibles grupos de trabajo que se creen o mantengan en función de cada materia, la definición y contenido de las relaciones de puestos de trabajo, el contenido de los planes de ordenación de recursos humanos….., en definitiva, se trata de cuestiones que no tienen una traslación directa y efectiva a las nuevas condiciones laborales y, entre ellas, las económicas como uno de los objetivos fundamentales que debiera traer consigo la negociación de este V Convenio.

    La Administración, por tanto, cumple con un calendario de reuniones más o menos quincenal pero, de momento, sorteando las grandes cuestiones sobre las que se deben evaluar las mejoras y cambios que resulten de esta negociación.

    No se nos debe escapar que, de momento, no es solo que no dispongamos aún de la subida salarial pendiente del 0,5%, sino que no se advierte en el corto plazo una intención por parte del Gobierno de sentarse a negociar decididamente una nueva propuesta de subida salarial para los empleados y empleadas públicas y, en concreto, qué intenciones hay respecto a las tablas salariales del futuro V Convenio que, además, sus cuantías están muy cerca en los grupos inferiores del salario mínimo interprofesional y alejadas, en cuantías y conceptos, respecto de las retribuciones de la mayor parte de las Administraciones Autonómicas.

    En este contexto en el que nos movemos, parece claro que la Administración evita entrar a debatir aquellas materias que estén condicionadas por negociaciones de mayor calado que tendrán lugar en la mesa de negociación de las Administraciones Públicas y más, en concreto, en la del Sector de la AGE, además, con un Gobierno que “olvida” compromisos alcanzados como los que tienen relación con la implantación de la jornada de 35 horas, del teletrabajo o la aplicación de los nuevos permisos recogidos en el RD-ley 5/2023.

    La ausencia de uno nuevos Presupuestos Generales del Estado, tampoco ayuda a clarificar el verdadero propósito de la Administración para con el personal laboral del Convenio Único por lo que parece que nos va a tocar continuar con las movilizaciones para exigir el cumplimiento de los acuerdos y posibilitar nuevas negociaciones.

    Concretando aspectos sobre los títulos referidos, enumeramos una serie de medidas que parecen evidenciar intenciones por parte de la Administración en las reuniones ya mantenidas:

    • No se incluye al personal del exterior dentro del ámbito de aplicación, una negativa ya crónica que se convierte en un clásico cada vez que se abre debate sobre esta circunstancia.
    • No vemos un compromiso expreso de limitar las contrataciones fuera de convenio o integrar al personal así contratado en el convenio cuando, además, versan sobre tareas propias del personal laboral del Convenio Único.
    • Niega que el teletrabajo pueda ser un elemento que afecte y condicione la conciliación de la vida familiar y laboral y la corresponsabilidad de tareas.
    • El acuerdo de cierres con origen en el Ministerio de Defensa como referencia normativa con las oportunas adaptaciones para su extensión al conjunto del Convenio.
    • Aunque aún no hemos entrado a debatir sobre el sistema de clasificación, cuando se ha referido el tema, no ha dejado clara su postura sobre la propuesta de un nuevo grupo profesional M4 con el requisito de acceso mediante el título de Doctor.

    Hay ejes fundamentales que CCOO considera necesarios abordar en esta negociación; el retributivo, la provisión de puestos, el sistema de clasificación o el desarrollo normativo de permisos.

    • Establecer unas nuevas tablas salariales con un salario y un abanico salarial entre grupos adecuado, recordemos que el SMI vigente en el año 2025 es de 1184 euros.
    • Revisión del sistema de retribuciones complementarias, equiparación y extensión de modalidades allí donde se den las mismas condiciones y circunstancias como tipología de ámbitos, centros de trabajo o actividades de los puestos de trabajo.
    • Revisión del sistema de provisión de puestos de trabajo, flexibilizar requisitos, mejorar y extender a más colectivos la promoción interna y también por la vía de la promoción cruzada horizontal, garantizar que se oferten las condiciones laborales propias del puesto de trabajo previamente a su inclusión en el turno libre.
    • Garantizar la formación como un derecho ligado al desarrollo de la carrera profesional conforme a las condiciones que se determinen para el conjunto de los empleados públicos.
    • Consolidar el derecho a la jubilación parcial y extender los procesos de cambio de régimen jurídico a más colectivos sin exclusiones.
    • Revisión del sistema de clasificación profesional, adaptar los cambios normativos y eliminación del anexo V que distorsiona el derecho a la promoción interna y genera una doble escala salarial entre puestos pertenecientes a una misma especialidad.
    • Integración plena del INAEM en la estructura normativa del Convenio a nivel retributivo y de clasificación profesional, la relación de puestos de trabajo debe formalizarse en este ámbito conforme a la sentencia ganada por CCOO con el mismo modelo y contenido que el resto de puestos de trabajo dentro del ámbito del Convenio Único.

    En definitiva, creemos necesario intentar alcanzar estas y otras mejoras en el contexto de una negociación de un V Convenio. Esperemos que el Gobierno no se limite a una inversión económica propia de estos tiempos belicistas y su acción se extienda a otras medidas mucho más conciliadoras y, en concreto, las que suponen mejoras para las condiciones laborales de todo el personal de la AGE.

    Documentación asociada
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