FSC-CCOO Sector Administración General del Estado | 12 noviembre 2025.

Nota informativa relativa a la jubilación parcial del IV CUAGE

    Jubilación parcial: efectivamente y como su nombre indica, será muy parcial o directamente no será.

    30/07/2025.
    Jubilación parcial

    Jubilación parcial

    Si me queda poco más de un año para jubilarme de forma ordinaria, ¿podré acogerme a la jubilación parcial antes de que llegue esa fecha?. CCOO ya dijimos que la solución que se ofrece por parte de la Administración no es válida para estos casos y por eso, a mayores, nos negamos a firmar el acuerdo que ha modificado el orden de prelación para el acceso a los puestos de trabajo del Convenio Único sacrificando, el derecho del personal fijo, al acceso preferente a los puestos que se oferten mediante esta tasa de reposición específica para la consecución de la jubilación parcial.

    Esta modificación del Convenio resulta inútil pues no sirve para ganar el tiempo necesario que permite ejercer la opción al beneficio de la jubilación parcial a todas y todos los que ya están en disposición de hacerlo y, tras la reunión de la Comisión Paritaria celebrada ayer, se constata que la tasa de reposición específica y las convocatorias que se deriven, seguirán la misma gestión ordinaria de cualquier otro proceso selectivo. También esta modificación del Convenio es innecesaria pues ambos derechos se podían compaginar a poco que se hubiera puesto el empeño necesario con medidas más apropiadas por parte de la Administración.

    Mientras el tiempo transcurre para las solicitudes ya presentadas, se puede afirmar que será la suerte o el azar lo que determine que, a la conclusión del proceso con la adjudicación de las plazas, al ya solicitante de la jubilación parcial le pille en plazo y NO es aceptable dejar al azar y llenar de incertidumbre la consecución de una mejora de nuestras condiciones laborales, no obstante y pese a lo explicado, tenemos que informar de la situación en la que se haya este proceso:

    • Serán finalmente 1049 puestos los que se convocarán repartidos en 30 especialidades en función de las necesidades comunicadas por los Ministerios y las estimaciones del personal en situación de jubilarse parcialmente hasta junio de 2026.
    • Un Ministerio se encargará de la gestión de toda una especialidad, incluyendo en la convocatoria todos los puestos ofertados del conjunto de Ministerios que la oferten.
    • Conforme a lo anterior, serán 8 Ministerios los encargados de llevar a cabo las convocatorias en función de las especialidades que les sean asignadas.
    • Se debe emitir informe sobre las bases que regulen las convocatorias de los procesos selectivos conforme a los criterios acordados en Comisión Paritaria y Negociadora.
    • Es de esperar que las convocatorias se sucedan a lo largo del mes de septiembre pero no se garantiza que todas las especialidades sean convocadas en el BOE un mismo día.

    Mientras tanto seguimos insistiendo en la necesidad de revisar y modificar el acuerdo que rige el acceso a la jubilación parcial en el ámbito del Convenio Único para adecuarlo a la nueva normativa que fija la Ley General de Seguridad Social conforme a los cambios habidos.

    Junto a la nota adjuntamos documentación relativa a la distribución de la tasa de reposición específica de jubilación parcial- IV CUAGE-.