FSC-CCOO Sector Administración General del Estado | 5 diciembre 2025.

Prisiones, 30 años de la ley de prevención de riesgos laborales

    El 10 de noviembre de 1995 el BOE publicaba la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales, que situaba los derechos preventivos y la salud laboral en el orden del día de las relaciones laborales y de los derechos de las personas trabajadoras.

    12/11/2025.
    Ley de Prevención de Riesgos Laborales

    Ley de Prevención de Riesgos Laborales

    Las prisiones de 1995 no se parecían demasiado a las actuales. Los espacios físicos de las prisiones se estaban modernizando con el Plan de Amortización y Creación de Centros de 1991, pero con importantes déficits laborales, con una población reclusa de 47.000 personas (lejos del pico del 2010 con 77.000) con 16.000 empleados penitenciarios, una ratio de 2,93.

    La realidad de los derechos laborales y preventivos estaba definida por un ámbito muy jerarquizado, donde la prevención no se contemplaba. Las consecuencias de los riesgos laborales se entendían como una debilidad del personal.

    Las prisiones estaban impregnadas de una cultura del “ordeno y mando”, sin ningún tipo de prevención de riesgos y donde la salud quedaba supeditada al orden regimental, cultura que contaba con la “comprensión” de amplios sectores del colectivo que tenían un sentimiento cuartelero de las relaciones laborales.

    Desde CCOO, con mucha incomprensión hacia nuestra postura de defensa del derecho a la salud,  no dejamos de trabajar para abrir las puertas de las prisiones a los cambios culturales y legislativos que incluían la necesidad de proteger al personal frente a sus riesgos laborales, impidiendo la normalización de accidentes y enfermedades como consecuencia normal del trabajo.

    Con los años, con las denuncias y el amparo legal, los cambios, gota a gota entran en las prisiones: el derecho a la protección frente a los riesgos laborales, los principios de la acción preventiva, plan de prevención de riesgos, información, consulta, participación y formación de los trabajadores.

    Estos elementos de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales se abren paso pese a todas las resistencias en las prisiones españolas, impulsando el reconocimiento de los procedimientos preventivos y la creación de los comités de seguridad específicos para prisiones.

    La pandemia fue una prueba de fuego para las medidas preventivas, a pesar de las carencias de medios, de la resistencia de los gestores, con el pesar de los muertos y damnificados. Desde CCOO logramos impulsar el reconocimiento como colectivo esencial, que junto con nuestras propuestas de medidas de protección y la negociación constante con la Administración paliaron la extensión de los daños.

    Es justo reconocer que en estos 30 años la prevención y la protección del personal penitenciario ha tenido importantes avances que han constado importantes esfuerzos en el trabajo de CCOO, pero el soporte de la legalidad nos ha dado fuerzas para seguir reivindicando y protegiendo frente a los riesgos al personal de prisiones.

    Quedan muchas cosas por hacer, estamos avanzando en la protección de las situaciones de embarazo y lactancia, pero la incorporación amplia de la mujer a las prisiones exige que las evaluaciones de riesgos y los planes de prevención contemplen la perspectiva de género.

    Tenemos deberes pendientes con el radón, el amianto, los accidentes “in itínere” y sobre todo con el grave impacto de los riesgos psicosociales.

    CCOO llevamos años luchando contra la peor lacra laboral de las prisiones: las agresiones al personal, que la Administración normaliza, y recorta medidas preventivas con acuerdos con otras organizaciones sindicales. No renunciaremos nunca a que las agresiones se atajen preventivamente en prisiones, no podemos ser víctimas de la negligencia y el olvido. La salud es lo primero.

    Seguimos trabajando contra la cultura cerrada de que los riesgos en prisiones son inevitables, y que van en nuestra nominas, que el trabajo penitenciario sea para “machotes”. Trabajamos por un servicio público penitenciario moderno, de mujeres y hombre con el mandato constitucional.

    Y para ello es necesario que los derechos se garanticen con leyes. Los derechos no son eternos e inamovibles, son un músculo que si no se trabaja y ejerce se pierde. Y por ello la LPRL es una herramienta que hay que mejorar y reformar a la nueva realidad, pero que nos ha traído derechos fundamentales a prisiones.