FSC-CCOO Sector Administración General del Estado | 29 mayo 2026.

¿QUÉ hace la AGENCIA TRIBUTARIA con sus EMPLEADOS Y EMPLEADAS públicas?

  • Promoción Interna

Seguimos profundizando en las diferentes formas de interpretar la normativa entre Función Pública y los recortes que hace la AEAT en su traslación / adaptación a su interno. Al igual que estamos asistiendo con las propuestas en jornada laboral de la AEAT y las instrucciones de Función Pública, que deben ser el mínimo de referencia la Dirección de Recursos Humanos de las Agencias, de los Organismos Autónomos o de cualquier entidad de derecho público, la AEAT parece interpretarla como un máximo. Siguiendo los criterios habituales de la actual dirección recortes de derechos y más recortes.

14/05/2026.
HI 38

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Llámese como se llame en cada sitio, la productividad conocida por todo emplead@ del Sector público de la Administración General del Estado, en los estudios de seguimiento que desde CCOO realizamos, la AET esté en números rojos, todo lo contrario, a sus resultados en la gestión de servicio público que gestiona y, que le permiten disponer de crédito y fondos económicos que dice, CCOO podría repartirse entre toda la PLANTILLA ya que todos y todas hacemos grande a la AEAT.

En la relación de puestos de trabajo de los servicios centrales, están vacantes alrededor, con pequeñas, aproximadamente un 30% de las plazas dotadas presupuestariamente. Que se hace en los servicios centrales: lo más importantes para nosotros son las nóminas, las ayudas o prestaciones sociales, los permisos, licencias, vacaciones…. Además de otras funciones como la gestión presupuestaria, gestión de acuerdos marco y convenios con otros organismos públicos, o los contratos administrativos, a los que también hacemos seguimiento vemos como se externalizan y contratan actividades y servicios que podría prestarse directamente por la AEAT

Para la Agencia Tributaria, parece que quién ejerce su derecho a la promoción interna a través de las convocatorias de cuerpos generales del INAP. Le sobre a la Agencia Tributaria, los años de trabajo en la AEAT, su formación, saber cómo funciona la casa…. no valen para nada, me da igual el capital humano que pierdo, la inversión en formación, la pérdida de capital y conocimiento…. me da igual …., CCOO está muy preocupada por estas actitudes, que penalizan el ejercicio de los DERECHOS BÁSICOS de los emplead@s públic@s a la CARRERA ADMINISTRATIVA, penalizando su ejercicio con su expulsión de la AEAT. 

El maltrato de la AGENCIA TRIBUTARIA A SUS EMPLEADOS Y EMPLEADAS PÚBLICAS, por trasladarlo al ámbito jurídico, que es de lo poco que entiende nuestra casa, se está incumpliendo normativa legal, empezando por el propio Estatuto de los Empleados Públicos, que recogen nuestros derechos, que la Dirección de Recursos Humanos en la AEAT, por decirlo suavemente, se la salta a la torera.

Para las dudas generadas en los últimos procesos de promoción interna desde CCOO presentó un escrito frente al Subdirector General de Relaciones Laborales del Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública solicitando, en relación a los procesos de Promoción Interna llevados a cabo en la Agencia Tributaria:

-Aplicación en los procesos selectivos de las previsiones contenidas en el artículo 78.2 del Real Decreto 364/1995 que establece: “El Ministerio para las Administraciones públicas, a propuesta del Ministerio u organismo en el que estén destinados los aspirantes aprobados en el turno de promoción interna y previa solicitud de éstos, podrá autorizar que se les adjudique destino dentro del mismo, en el puesto que vinieran desempeñando o en otros puestos vacantes dotados presupuestariamente existentes en el municipio, siempre que sean de necesaria cobertura y se cumplan los requisitos establecidos en la relación de puestos de trabajo. En este caso, quedarán excluidos del sistema de adjudicación de destinos por el orden de puntuación obtenido en el proceso selectivo”

-Información sobre el motivo de la no inclusión de esta previsión y de si la misma ha sido negociada

En contestación a dicho escrito, CCOO recibió como respuesta que “la redacción de las convocatorias ha variado porque desde la DGFP se ha hecho un modelo de bases en el que se ha pretendido simplificar y aligerar las convocatorias. En tal sentido, la mención al art 78.2 se consideró redundante, pero el que no se mencione expresamente no implica en absoluto que vaya a dejar de aplicarse esta norma reglamentaria, que, de hecho, se sigue aplicando en todas las convocatorias, siempre y cuando desde el correspondiente departamento ministerial se haya formulado la oportuna petición al respecto”.

En CCOO seguimos preocupadas/os por la situación del personal de la Agencia Tributaria que promociona internamente (especialmente al cuerpo C1, A2) pues se les COMUNICA que la Agencia no los necesita… que ya saben lo que hacer, recoge los papeles y a ver qué pescas…. suerte y hasta siempre.

Documentación asociada
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